III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2024-2618)
Resolución de 29 de enero de 2024, de la Dirección General de la Administración General del Estado en el Territorio, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Almería, para la realización de prácticas externas en la Subdelegación del Gobierno en Almería.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 37

Lunes 12 de febrero de 2024
Decimotercera.

Sec. III. Pág. 16130

Comisión de seguimiento.

Se constituirá una Comisión de seguimiento del convenio donde se tratarán los
problemas derivados de la interpretación y ejecución del convenio. Esta comisión de
seguimiento, constituida por dos representantes de la Subdelegación del Gobierno,
designados por el Secretario General, y dos representantes de la Universidad,
designados por el Decano correspondiente, se reunirá al menos una vez al año durante
la vigencia del presente convenio, sin perjuicio de que, con carácter potestativo y a
instancia de las partes se reúna en más ocasiones.
La Comisión de seguimiento, además de resolver los problemas derivados de la
interpretación y ejecución del convenio, tendrá los siguientes cometidos:
a) Velar por su estricto cumplimiento del convenio, analizando las actuaciones
llevadas a cabo por ambas partes y los objetivos alcanzados.
b) Adaptar, en caso de que sea preciso, el proyecto formativo del anexo III a las
circunstancias o necesidades concretas.
c) Proponer la prórroga del convenio y en su caso modificaciones al mismo, en
forma de Adenda tras su aprobación por ambas partes.
Decimocuarta.

Naturaleza y régimen jurídico aplicable.

Este convenio se realiza al amparo de lo establecido en el artículo 7 del Real
Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las practicas académicas
externas de los estudiantes universitarios, y su régimen jurídico es el expresamente
establecido para los convenios en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Decimoquinta.

Duración del convenio y régimen de modificación.

La duración del convenio será de cuatro años con posibilidad de una prórroga
expresa, antes del vencimiento del plazo, por cuatro años más. La duración total del
convenio, incluida la prórroga, no excederá en ningún caso de los ocho años.
Conforme a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, este convenio resultará eficaz con la inscripción en
el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal, fecha en que comenzará a computarse su duración. Asimismo, será
publicado en el «Boletín Oficial del Estado».
En cuanto al régimen de modificación del convenio, conforme a la establecido en el
artículo 49.g) de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, requerirá el acuerdo unánime de
las partes firmantes del mismo.
Resolución anticipada de mutuo acuerdo del convenio de 14 de febrero

Asimismo, mediante el presente convenio ambas partes pactan de mutuo acuerdo
resolver anticipadamente y dejar sin efectos el convenio suscrito con fecha 14 de febrero
de 2020 entre la Universidad de Almería y la Administración General del Estado
(Ministerio Política Territorial y Función Pública) para la realización de prácticas externas
por parte de los estudiantes de Grados en Derecho, Gestión y Administración Pública, e
Ingeniería Agrícola de dicha Universidad en la Subdelegación del Gobierno en Almería
(REOICO y BOE n.º 280, ambos de fecha 27 de febrero de 2020).
Decimoséptima.

Causas de extinción.

El convenio se extingue por el cumplimiento de cualquiera de las circunstancias o
causas de resolución que se contemplan en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.

cve: BOE-A-2024-2618
Verificable en https://www.boe.es

Decimosexta.
de 2020.