III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2024-2623)
Resolución de 2 de febrero de 2024, de la Dirección General de la Administración General del Estado en el Territorio, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Universidad Jaume I, para la realización de prácticas externas por parte de los estudiantes de grado y máster en la Subdelegación del Gobierno en Castellón.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 37

Lunes 12 de febrero de 2024

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conformidad con las competencias que le otorga el artículo 71.1.i de los Estatutos de la
Universitat Jaume I, aprobados por el Decreto 95/2021, de 9 de julio, del Consell de la
Generalitat (DOGV 9128/15 de julio de 2021).
Ambas partes se reconocen capacidad legal suficiente para suscribir el presente
convenio y en su virtud,
EXPONEN
Que con fecha dos de septiembre de 2021 fue suscrito un convenio entre la
Administración General del Estado (Ministerio de Política Territorial) y la Universitat
Jaume I, al amparo de lo establecido en el capítulo VI del título preliminar de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre. Dicho convenio se suscribió para la realización de
prácticas académicas externas, curriculares, en la Subdelegación del Gobierno en
Castellón por parte de los estudiantes que cursen estudios oficiales de Grado/Máster en
dicha Universidad, que permitan completar sus estudios universitarios, para una futura
incorporación al mundo laboral.
Considerando que el citado convenio inició sus efectos con su inscripción en fecha 3
de septiembre de 2021 en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal (REOICO), siendo su fecha de publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» el 24 de septiembre y que de acuerdo con su cláusula
decimoquinta se suscribió con una duración inicial de cuatro años, a la fecha de firma del
presente documento de adenda el convenio se encuentra plenamente vigente y
desplegando sus efectos.
En consecuencia ambas partes
ACUERDAN
Primero.
La letra e) de la cláusula séptima incorpora esta nueva redacción: «e) Cumplir con
todas las obligaciones en materia de Seguridad Social que la normativa vigente
establece respecto de los estudiantes participantes en las prácticas.»
Segundo.
El párrafo tercero de la cláusula octava incorpora esta nueva redacción:
«Resultarán de aplicación a los estudiantes en prácticas las obligaciones en materia de
Seguridad Social que deriven de la Disposición Adicional quincuagésima segunda del
Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, pactándose expresamente que el
cumplimiento de todas las obligaciones en materia de Seguridad Social respecto de los
estudiantes en prácticas corresponden a la Universidad –y no a la Administración
General del Estado–.»

Las restantes cláusulas del convenio mantienen su validez.
Cuarto.
Conforme a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, esta adenda al citado convenio resultará eficaz con
su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de

cve: BOE-A-2024-2623
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Tercero.