III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-2635)
Resolución de 17 de enero de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, SLU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación solar fotovoltaica "Agrupación Maira Alpha" de 165,278 MW de potencia instalada, 169,979 MW de potencia pico y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Llano de Bureba, Los Barrios de Bureba y Oña (Burgos).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 12 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 16291

– Número y tipo de módulos: 314.776 módulos del fabricante JA Solar, modelo
JAM72S30 525-550/MR, de 540 W de potencia.
– Potencia pido de módulos: 169,979 MW.
– Número y tipo de inversores: 46 inversores del fabricante Sungrow, modelo
SG3125 HV, con una potencia unitaria a 25° C de 3.593 kVA.
– Potencia total de los inversores: 165,278 MW.
– Capacidad de acceso, según lo estipulado en los permisos de acceso y conexión,
otorgados por Red Eléctrica de España, SAU: 170 MW.
– Tipo de soporte: seguidor a un eje.
– Centros de transformación: 23, con una potencia de 7,2 MWAC.
– Términos municipales afectados: Llano de Bureba, Los Barrios de Bureba y Oña,
en la provincia de Burgos.
Las infraestructuras de evacuación autorizadas se componen de:
– Las líneas subterráneas a 30 kV tienen como origen los centros de transformación
de la planta, discurriendo hasta la subestación transformadora El Llano 30/220 kV.
Capacidad y/o sección: 150 mm2/400 mm2.
El resto de la infraestructura de evacuación, hasta la conexión con la red de
transporte cuenta con autorización administrativa de construcción otorgada mediante
Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, de fecha 15 de enero
de 2024, por la que se otorga a Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, SLU,
autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la
Instalación Solar Fotovoltaica «Agrupación Maira Beta» de 140,127 MW de potencia
instalada, 149,975 MW de potencia pico y sus infraestructuras de evacuación, en los
términos municipales de La Vid de Bureba, Berzosa de Bureba, Vileña, Grisaleña, Llano
de Bureba, Los Barrios de Bureba, Quintanilla de San García, Valluércanes, Briviesca,
Vallarta de Bureba, Valle de Tobalina, Busto de Bureba, Quintanaélez, Oña, Frías y
Partido de la Sierra en Tobalina, en la provincia de Burgos.
El promotor deberá cumplir las condiciones aceptadas durante la tramitación, así
como las condiciones impuestas en la citada Declaración de Impacto Ambiental de la
Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.
Asimismo, deberá cumplir las normas técnicas y procedimientos de operación que
establezca el Operador del Sistema.
Esta autorización se concede sin perjuicio de cualesquiera concesiones y
autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten
aplicables, en especial, las relativas a ordenación del territorio y medio ambiente, así
como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la
ejecución de la obra.
Para las modificaciones al proyecto que se debieran presentar, será de aplicación lo
establecido en el artículo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en
el artículo 62.2.i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede
interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de
Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de la
presente resolución.
Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a
todos los efectos. Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo
dispuesto en el artículo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, 17 de enero de 2024.–El Director General de Política Energética y Minas,
Manuel García Hernández.

cve: BOE-A-2024-2635
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Núm. 37