V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE HACIENDA. (BOE-B-2024-4533)
Extracto de la Resolución de 7 de febrero de 2024 de la Comisión Ejecutiva del Consorcio de la Ciudad de Toledo, por la que se convocan subvenciones a la rehabilitación de edificios y viviendas en el casco histórico de Toledo en régimen de concurrencia competitiva
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 36

Sábado 10 de febrero de 2024

Sec. V-B. Pág. 6646

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B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE HACIENDA

4533

Extracto de la Re solución de 7 de fe bre ro de 2024 de la Comisión
Ejecutiva del Consorcio de la Ciudad de Toledo, por la que se convocan
subvenciones a la rehabilitación de edificios y viviendas en el casco
histórico de Toledo en régimen de concurrencia competitiva

BDNS(Identif.):743325
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
743325)
Primero. Objeto
Las subvenciones a tramitar tienen por objeto la concesión de subvenciones en
régimen de concurrencia competitiva destinadas a la rehabilitación de edificios y
viviendas en el casco histórico de Toledo, conforme con las bases reguladoras de
aplicación, referidas a:
Rehabilitación de viviendas en edificios colectivos
Rehabilitación de edificios de una sola vivienda
Rehabilitación de elementos comunes de los edificios
Rehabilitación de elementos especiales y de interés arquitectónico
Adquisición de viviendas rehabilitadas
Elaboración de Informe de Evaluación de Edificios.
Segundo. Bases Reguladoras
El Consejo de Administración, en su reunión de 21 de diciembre de 2021,
aprueba las Bases reguladoras de las subvenciones a conceder en régimen de
concurrencia competitiva por el Consorcio de la Ciudad de Toledo para la
rehabilitación de edificios y viviendas en el casco histórico de Toledo, por las que
se regirá la presente convocatoria de subvenciones y que están publicadas en el
BOE nº 311 de 28 de diciembre de 2021.

La actuación subvencionable y los beneficiarios de la subvención deberán
cumplir las condiciones recogidas en los artículos 5, 7, 8 y 9 de las bases
reguladoras por las que se rige la presente convocatoria.
Cuarto. Criterios de valoración
Teniendo en cuenta la excepcionalidad prevista en el artículo 22.1 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las solicitudes
presentadas no se acogerán a criterios de prelación, sino que se procederá al
cálculo de las subvenciones atendiendo a lo previsto en el artículo 10 de las bases

cve: BOE-B-2024-4533
Verificable en https://www.boe.es

Tercero. Condiciones Generales y Requisitos