II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO FISCAL. Ceses. (BOE-A-2024-2395)
Decreto de 31 de enero de 2024, del Fiscal General del Estado, por el que se acepta la renuncia de doña Lucía Cruz Pellitero como Fiscal Delegada de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 35

Viernes 9 de febrero de 2024

Sec. II.A. Pág. 15429

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO FISCAL
2395

Decreto de 31 de enero de 2024, del Fiscal General del Estado, por el que se
acepta la renuncia de doña Lucía Cruz Pellitero como Fiscal Delegada de
Seguridad y Salud en el Trabajo de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de
Cantabria.

El 10 de enero de 2024 la Excma. Sra. Fiscal Superior de la Fiscalía de la
Comunidad Autónoma de Cantabria comunicó a la Inspección Fiscal la renuncia de la
Ilma. Sra. doña Lucía Cruz Pellitero como Fiscal Delegada de Seguridad y Salud en el
Trabajo. El 22 de enero de 2024 el Excmo. Sr. Fiscal de Sala Coordinador de Seguridad
y Salud en el Trabajo de la Fiscalía General del Estado, remitió a la Inspección Fiscal
escrito en el que nada tiene que oponer a la renuncia presentada.
Hechos
Único.
La Ilma. Sra. doña Lucía Cruz Pellitero, fiscal de la Fiscalía de la Comunidad
Autónoma de Cantabria, presentó el pasado 20 de diciembre de 2023 un escrito dirigido
a su Fiscal Superior, donde renunciaba al cargo de Fiscal Delegada de Seguridad y
Salud en el Trabajo para el que fue nombrada en virtud de decreto del Fiscal General del
Estado de 25 de octubre de 2022, como consecuencia de la modificación de la
distribución de trabajo que se aprobó por unanimidad en la junta ordinaria celebrada en
fecha 30 de noviembre de 2023 en el órgano fiscal.
Mediante informe de 19 de enero del año en curso el Fiscal de Sala Coordinador de
Seguridad y Salud en el Trabajo no formuló objeción a su renuncia, informando en el
mismo sentido el Consejo Fiscal [artículo 3.d) Real Decreto 437/1983, de 9 de febrero].
Fundamentos de Derecho
Primero.

«2. Los Fiscales delegados especialistas, tanto autonómicos como provinciales,
serán nombrados y, en su caso, relevados, mediante decreto dictado por la persona
titular de la Fiscalía General del Estado, a propuesta del Fiscal Jefe respectivo y previo
informe del Fiscal de Sala Especialista o Delegado (…).
3. El nombramiento y cese de los Fiscales Delegados de las Fiscalías Especiales y
de los Fiscales Delegados Especialistas, se publicará, a instancia de la persona titular de
la Fiscalía General del Estado, en el “Boletín Oficial del Estado”.»
Segundo.
Por su parte, la Instrucción de la FGE núm. 5/2007, de 18 de julio, sobre los Fiscales
de Sala Coordinadores de Siniestralidad Laboral, Seguridad Vial y Extranjería y sobre las

cve: BOE-A-2024-2395
Verificable en https://www.boe.es

El Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del
Ministerio Fiscal, regula en su artículo 62.2 y 3 el nombramiento y el cese de los fiscales
delegados especialistas: