III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-2368)
Resolución de 31 de enero de 2024, de la Secretaría de Estado de Agricultura y Alimentación, por la que se publica el Acuerdo por el que se dispone la aplicación del artículo 8.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental al proyecto de "Mejora y modernización de la red de distribución de la Comunidad de Regantes del Rec del Molí de Pals (Girona)", comprendido en las obras de modernización de regadíos del Plan para la mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en regadíos, incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la economía española, Fase II.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 8 de febrero de 2024

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aplicación a los proyectos incluidos en el Plan para la mejora de la eficiencia y la
sostenibilidad en regadíos, que queden comprendidos en el artículo 66 del Real Decretoley 36/2020, de 30 de diciembre. En este protocolo se establecen un conjunto articulado
de documentos, que garantizan la plena sujeción a los principios de precaución y acción
cautelar, desarrollo sostenible e integración de los aspectos ambientales en la toma de
decisiones. El cumplimiento del mismo, por tanto, constituye una forma alternativa de
evaluación tal y como establece el artículo 8.4 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, a propuesta del Ministro de Agricultura, Pesca y
Alimentación, en su reunión del día 30 enero de 2024, el Consejo de Ministros, acuerda:
Primero. Solicitud exclusión de evaluación de impacto ambiental.
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, como órgano sustantivo y de
conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación
ambiental, solicita la exclusión del procedimiento de evaluación de impacto ambiental del
proyecto de «Mejora y modernización de la red de distribución de la Comunidad de
Regantes del Rec del Molí de Pals (Girona)».
El proyecto consiste en la realización de cinco actuaciones de modernización de las
infraestructuras de riego de la Comunidad de Regantes del Rec del Molí de Pals
(Girona), sobre una superficie de 1.072,92 ha de regadío, de las 2.965,97 ha
reconocidas por la concesión otorgada a la Comunidad de Regantes mediante
Resolución del 14 de junio de 2001 de la Agencia Catalana de l’Aigua (ACA), a la
Comunitat de Regants del Rec del Molí de Pals.
La finalidad del proyecto es establecer un sistema de riego sostenible, con reducción
del consumo de energía y de agua. Para ello se establecerán dos nuevas estaciones de
bombeo centralizadas, alimentadas parcialmente con energía solar fotovoltaica, se
instalarán nuevas tuberías de transporte sustituyendo las acequias o tuberías existentes
y se instalarán nuevos hidrantes o válvulas de compuerta en las parcelas, eliminando las
pérdidas en el transporte y posibilitando el uso de sistemas más eficientes de aplicación
del agua en cada parcela. Estas obras permitirán un ahorro de agua, en la superficie
afectada por las actuaciones del proyecto, de 2.296.612,48 m3/año, lo que supone
un 29,327 % respecto al consumo estimado actual de 8.467.484,64 m3/año. Asimismo, la
eliminación de los consumos energéticos de los bombeos individuales existentes, que
utilizan fuentes de energía fósiles, mediante bombeos centralizados, permitirá una
reducción de emisiones de 387.311,45 kg/año de CO2 lo que supone el 81,8 % de las
emisiones actuales. Por otra parte, un sistema de telecontrol permitirá mejorar el control
y la gestión del agua.
Segundo. Cumplimiento del protocolo aprobado en el Acuerdo del Consejo de Ministros
de 11 de julio de 2023.
El órgano sustantivo ha aportado la documentación que se indica a continuación,
para acreditar el cumplimiento del protocolo aprobado en el Acuerdo del Consejo de
Ministros del 11 de julio de 2023:
a) Informe del órgano sustantivo acreditativo del cumplimiento de cada uno de los
requisitos establecidos en el artículo 66 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de
diciembre. Anexo I.
b) Informe del órgano sustantivo sobre los efectos perjudiciales de la aplicación de
la evaluación de impacto ambiental para la finalidad del proyecto, con base en la
Comunicación de la Comisión Documento orientativo relativo a la aplicación de las
exenciones contempladas en la Directiva sobre la evaluación de impacto ambiental
(Directiva 2011/92/UE del Parlamento Europeo y el Consejo, en su versión modificada
por la Directiva 2014/52/UE) – artículo 1, apartado 3, artículo 2, apartados 4 y 5
(COM 2019/C 386/05). Anexo II.

cve: BOE-A-2024-2368
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Núm. 34