III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio. (BOE-A-2024-2363)
Resolución de 30 de enero de 2024, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación al Convenio con la Comunidad Autónoma de Aragón y la Comarca de Bajo Cinca/Baix Cinca, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en la Comarca del Bajo Cinca/Baix Cinca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 34

Jueves 8 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 15330

d) Procurar la coordinación del Plan con otras actuaciones que puedan llevar
a cabo en la zona las administraciones representadas en el convenio.
e) Recabar la documentación precisa para la justificación de las actuaciones
del Plan y en particular la referida al FEDER en los casos en que sea preciso.
f) Ejercer la secretaría de la Comisión de Seguimiento y del Plan.
g) Cualquier otra que le asigne la Comisión de Seguimiento.
4. La gerencia podrá ser desempeñada por personal propio de la EE.LL.
ejecutante, en cuyo caso ésta se hará cargo de los costes de la misma; o ser
externalizada, en cuyo caso la selección y nombramiento se realizará por la
Comisión de Seguimiento, correspondiendo la contratación y pago de la misma a
la EE.LL. ejecutante, con cargo a los fondos asignados al Plan.
Tras la entrada en vigor del presente convenio, la EE.LL. ejecutante procederá
a convocar, en su caso, el puesto de gerente, previo acuerdo de todas las
administraciones firmantes.
No obstante, la designación entre el personal de la EE.LL. ejecutante o la
adjudicación externa de la gerencia no se llevará a cabo hasta que se haya
constituido la Comisión de Seguimiento y ésta lo haya autorizado. La EE.LL.
ejecutante podrá imputar los gastos derivados del procedimiento de selección
externa del gerente a los correspondientes presupuestos del Plan, una vez
adquiera eficacia el presente convenio.
5. El plazo para la ejecución de las actuaciones será de cinco años, a
computar desde la entrada en vigor del convenio, no pudiendo exceder la fecha
de 12 de diciembre de 2025, sin perjuicio de que la Comisión de Seguimiento
supervise la ejecución de las actuaciones en cada una de las reuniones.
6. Cuando concurran circunstancias que lo aconsejen, a petición de la EE.LL.
ejecutante, la Comisión de Seguimiento podrá proponer la prórroga de los plazos
de ejecución y justificación de las anualidades por periodos de hasta doce meses,
con una antelación mínima de seis meses antes de la expiración del plazo a
prorrogar.»
3.4 Modificaciones que afectan al anexo de actuaciones del Plan de Sostenibilidad
Turística en la Comarca del Bajo Cinca/Baix Cinca incluido en el convenio de 9 de
diciembre de 2020:
El anexo del convenio relativo a la ejecución de las actuaciones del Plan de
Sostenibilidad Turística en la Comarca del Bajo Cinca/Baix Cinca queda modificado de la
siguiente forma:
Lineas de actuación y cuantías

Actuaciones

Acondicionamiento y
1.1. recuperación de espacios de uso
público.
1. Restauración Ambiental/Reconversión
Zonas/Recuperación Patrimonio Cultural.

1.2. Ecoturismo en los humedales.
1.3. Autocaravaning.
1.5. Recuperación de inmuebles.
1.6. Plan accesibilidad.

Subtotal.

1.986.536,89

cve: BOE-A-2024-2363
Verificable en https://www.boe.es

1.4. Alojamientos al aire libre.