II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Cuerpo Nacional de Médicos Forenses. (BOE-A-2024-2340)
Orden PJC/94/2024, de 31 de enero, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, mediante oposición, en el Cuerpo Nacional de Médicos Forenses.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 34

Jueves 8 de febrero de 2024
1.

Sec. II.B. Pág. 14908

Descripción de las plazas

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir por turno libre 25 plazas en el Cuerpo
Nacional de Médicos Forenses, de las que 1 lo es por el cupo reservas personas con
discapacidad, por el sistema selectivo de oposición, conforme a lo dispuesto en el Real
Decreto 625/2023, de 11 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público
correspondiente al ejercicio 2023.
La convocatoria de las plazas se llevará a cabo conjuntamente en todo el territorio
nacional, de acuerdo con la distribución territorial, entre el ámbito gestionado por el
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y las distintas
Comunidades Autónomas con competencias asumidas en medidos personales, que se
recoge en el siguiente cuadro:
Ámbito territorial

Cupo
general

Reserva
personas con
discapacidad

Total

Andalucía.

1

0

1

Aragón.

1

0

1

Cataluña.

5

0

5

Comunidad Valenciana.

4

0

4

Comunidad de Madrid.

8

1

9

Navarra.

1

0

1

20

1

21

4

0

4

24

1

25

Total CC.AA.
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
Total.

1.2 Las plazas reservadas a personas con discapacidad que queden desiertas no
se acumularán a las del cupo general de esta convocatoria.
Las personas aspirantes que opten por el cupo de reserva para personas con
discapacidad habrán de indicarlo en la solicitud de participación, marcando la casilla
correspondiente de la solicitud. Quienes soliciten participar por el cupo reserva de
personas con discapacidad, únicamente podrán presentarse por este cupo. La
contravención de esta norma determinará la exclusión de la persona aspirante que no la
hubiese observado.
De la misma manera, las personas aspirantes que hubieran optado por el cupo
general no podrán cambiar al de reserva para personas con discapacidad.
Excepcionalmente, quienes hubieran solicitado el reconocimiento de la condición legal
de personas con discapacidad antes del día de la publicación de la presente
convocatoria y que la hubieran obtenido con posterioridad a la finalización de la
presentación de instancias, podrán solicitar cambio de cupo dentro de su mismo ámbito
territorial de elección hasta el día de la publicación de las listas provisionales de
personas admitidas y excluidas.
Las personas aspirantes con discapacidad podrán pedir, en el modelo oficial de
solicitud, las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempo y medios de las pruebas

cve: BOE-A-2024-2340
Verificable en https://www.boe.es

Cuando el número de plazas o el mejor desarrollo de los procesos selectivos lo
aconseje, se podrán agrupar las vacantes correspondientes a uno o varios territorios,
solamente a efectos de la ejecución del proceso selectivo. Así, aunque las personas
aspirantes se examinen en una sede territorial diferente a la del ámbito por el que
concurren, de resultar aprobadas en la convocatoria, serán destinadas obligatoriamente
a alguna de las vacantes radicadas en el ámbito territorial que hubieran expresado en su
solicitud.