II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Cuerpo Nacional de Médicos Forenses. (BOE-A-2024-2340)
Orden PJC/94/2024, de 31 de enero, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, mediante oposición, en el Cuerpo Nacional de Médicos Forenses.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 8 de febrero de 2024

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del mismo acompañando el resguardo justificativo de haber abonado los derechos para
su expedición.
d) En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse copia
auténtica de la documentación que acredite su homologación, o en su caso, del
correspondiente certificado de equivalencia.
8.2 Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos
expresados en el apartado anterior, podrá acreditarse que se poseen las condiciones
exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en Derecho.
8.3 Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo causa de fuerza mayor, no presentaren
la documentación o del examen de esta se dedujera que carecen de alguno de los
requisitos establecidos, no podrán ser nombrados o nombradas personal funcionario y
quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren
podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.
En este último caso, o en el supuesto de renuncia de alguno de los aspirantes antes
de su nombramiento como personal funcionario en prácticas, el Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes requerirá al Tribunal Calificador Único,
relación complementaria de personas aspirantes que, habiendo aprobado todos los
ejercicios, sigan a las propuestas hasta completar el total de plazas convocadas.
En este supuesto, las personas aspirantes incluidas en esta relación complementaria
deberán presentar la documentación acreditativa, que se detalla en esta misma base, en
un plazo no superior a cinco días naturales, desde su publicación en la página web del
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, sin perjuicio de otras
vías de publicidad.
Las personas opositoras afectadas que concurran por algunos de los ámbitos
territoriales que tengan establecida la valoración de lengua oficial propia serán
convocadas, en su caso, a la realización de la correspondiente prueba optativa o les será
incorporada la puntuación que corresponda a la acreditación documental que hubieran
aportado.
8.4 Comprobado que las personas aspirantes, cuyo número no podrá superar al de
plazas convocadas en cada ámbito territorial, reúnen los requisitos de la base cuarta de
la presente convocatoria serán nombradas personal funcionario en prácticas, mediante
resolución de la autoridad competente del Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes que será publicada en su página web, convocándolas a la
realización del curso selectivo.
9.

Curso selectivo

9.1 El personal funcionario en prácticas será destinado al centro, instituto o servicio
de destino del ámbito territorial por el que el aspirante concurre, que el Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y las Comunidades Autónomas que
convocan plazas determinen, para el desarrollo de un curso selectivo.
El curso selectivo, organizado por el Centro de Estudios Jurídicos u órgano
competente de las Comunidades Autónomas correspondientes, podrá consistir en la
realización de prácticas tuteladas en un Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses
o centro similar, por un período no superior a seis meses, para lo que se nombrará un
tutor o una tutora del propio Instituto.
El curso selectivo se calificará por el Centro de Estudios Jurídicos u órgano
competente de las Comunidades Autónomas correspondientes como apto o no apto,
debiendo obtener la calificación de apto para su superación. En caso de realización de
prácticas tuteladas, el tutor o la tutora realizará a los centros competentes una propuesta
de calificación de cada aspirante.
Quienes no superen el curso selectivo podrán repetirlo en la próxima convocatoria,
conservando la puntuación obtenida en la oposición a que se refiere la presente

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