I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Medidas financieras. (BOE-A-2024-2252)
Resolución de 6 de febrero de 2024, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
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Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 33
Miércoles 7 de febrero de 2024
Vida media
de la operación
(Meses)
Diferencial máximo
Tipo fijo anual máximo
sobre euríbor 12 meses
(Puntos porcentuales)
(Puntos básicos)
Sec. I. Pág. 14583
Diferencial máximo
sobre euríbor 6 meses
(Puntos básicos)
Diferencial máximo
sobre euríbor 3 meses
(Puntos básicos)
Diferencial máximo
sobre euríbor 1 mes
(Puntos básicos)
264
3,64
88
112
106
102
276
3,65
92
115
110
105
288
3,67
95
119
113
108
300
3,68
99
123
116
111
312
3,69
101
125
119
113
324
3,70
105
128
122
116
336
3,74
111
135
128
122
348
3,77
116
139
133
126
360
3,77
117
140
133
127
cve: BOE-A-2024-2252
Verificable en https://www.boe.es
La base utilizada para el cálculo del tipo fijo anual máximo contenido en la tabla
superior es la base Actual/Actual. En el caso de utilizarse una base distinta de la anterior
deberá hacerse el oportuno ajuste.
En aquellas operaciones a tipo fijo con plazo de devengo de intereses distinto al año,
el tipo fijo máximo deberá calcularse como el tipo equivalente al tipo fijo anual para el
periodo de devengo considerado.
Los tipos de interés fijos y diferenciales máximos aplicables para operaciones cuya
vida media exacta no se encuentre publicada en la presente tabla se hallarán por
interpolación lineal entre los dos tipos o diferenciales más cercanos al plazo medio de la
operación.
Sobre estos tipos de interés fijos o diferenciales sobre euríbor, se podrán aplicar los
diferenciales máximos contenidos en el anexo 3 de la Resolución de 4 de julio de 2017,
de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio
de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las
comunidades autónomas y entidades locales.
En el caso de las operaciones de endeudamiento no instrumentadas en valores con
tipo de interés variable, si el coste total máximo al que se refiere el apartado tercero de la
citada resolución fuera menor al valor del Euríbor tomado como referencia, dichas
operaciones podrán formalizarse a un tipo de interés menor o igual al Euríbor de
referencia más 20 puntos básicos. Las operaciones de endeudamiento que se acojan a
esta alternativa deberán ser operaciones cancelables en cualquier momento desde su
formalización y no podrán contener comisiones de cancelación.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 33
Miércoles 7 de febrero de 2024
Vida media
de la operación
(Meses)
Diferencial máximo
Tipo fijo anual máximo
sobre euríbor 12 meses
(Puntos porcentuales)
(Puntos básicos)
Sec. I. Pág. 14583
Diferencial máximo
sobre euríbor 6 meses
(Puntos básicos)
Diferencial máximo
sobre euríbor 3 meses
(Puntos básicos)
Diferencial máximo
sobre euríbor 1 mes
(Puntos básicos)
264
3,64
88
112
106
102
276
3,65
92
115
110
105
288
3,67
95
119
113
108
300
3,68
99
123
116
111
312
3,69
101
125
119
113
324
3,70
105
128
122
116
336
3,74
111
135
128
122
348
3,77
116
139
133
126
360
3,77
117
140
133
127
cve: BOE-A-2024-2252
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La base utilizada para el cálculo del tipo fijo anual máximo contenido en la tabla
superior es la base Actual/Actual. En el caso de utilizarse una base distinta de la anterior
deberá hacerse el oportuno ajuste.
En aquellas operaciones a tipo fijo con plazo de devengo de intereses distinto al año,
el tipo fijo máximo deberá calcularse como el tipo equivalente al tipo fijo anual para el
periodo de devengo considerado.
Los tipos de interés fijos y diferenciales máximos aplicables para operaciones cuya
vida media exacta no se encuentre publicada en la presente tabla se hallarán por
interpolación lineal entre los dos tipos o diferenciales más cercanos al plazo medio de la
operación.
Sobre estos tipos de interés fijos o diferenciales sobre euríbor, se podrán aplicar los
diferenciales máximos contenidos en el anexo 3 de la Resolución de 4 de julio de 2017,
de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio
de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las
comunidades autónomas y entidades locales.
En el caso de las operaciones de endeudamiento no instrumentadas en valores con
tipo de interés variable, si el coste total máximo al que se refiere el apartado tercero de la
citada resolución fuera menor al valor del Euríbor tomado como referencia, dichas
operaciones podrán formalizarse a un tipo de interés menor o igual al Euríbor de
referencia más 20 puntos básicos. Las operaciones de endeudamiento que se acojan a
esta alternativa deberán ser operaciones cancelables en cualquier momento desde su
formalización y no podrán contener comisiones de cancelación.
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