III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2024-2306)
Resolución de 30 de enero de 2024, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación al Convenio con la Agencia Turismo de Galicia y el Concello de Santiago, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en la ciudad de Santiago de Compostela.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 33

Miércoles 7 de febrero de 2024

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4. La gerencia podrá ser desempeñada por personal propio de la EE.LL.
ejecutante, en cuyo caso ésta se hará cargo de los costes de la misma; o ser
externalizada, en cuyo caso la selección y nombramiento se realizará por la
Comisión de Seguimiento, correspondiendo la contratación y pago de la misma a
la EE.LL. ejecutante, con cargo a los fondos asignados al Plan.
Tras la entrada en vigor del presente convenio, la EE.LL. ejecutante procederá
a convocar, en su caso, el puesto de gerente, previo acuerdo de todas las
administraciones firmantes.
No obstante, la designación entre el personal de la EE.LL. ejecutante o la
adjudicación externa de la gerencia no se llevará a cabo hasta que se haya
constituido la Comisión de Seguimiento y ésta lo haya autorizado. La EE.LL.
ejecutante podrá imputar los gastos derivados del procedimiento de selección
externa del gerente a los correspondientes presupuestos del Plan, una vez
adquiera eficacia el presente convenio.
5. El plazo para la ejecución de las actuaciones será de seis años a
computar desde la fecha de firma del convenio, no pudiendo exceder la fecha
del 11 de diciembre de 2026, sin perjuicio de que la Comisión de Seguimiento
supervise la ejecución de las actuaciones en cada una de las reuniones.
6. Cuando concurran circunstancias que lo aconsejen, a petición de la EE.LL.
ejecutante, la Comisión de Seguimiento podrá proponer la prórroga de los plazos
de ejecución y justificación de las anualidades por periodos de hasta doce meses,
con una antelación mínima de seis meses antes de la expiración del plazo a
prorrogar.»
3.4 Modificaciones que afectan al anexo de actuaciones del Plan de Sostenibilidad
Turística en la ciudad de Santiago de Compostela incluido en el convenio de 4 de diciembre
de 2020:
El anexo del convenio relativo a la ejecución de las actuaciones del Plan de
Sostenibilidad Turística en la Ciudad de Santiago de Compostela queda modificado de la
siguiente forma:

Eje 1. Gobernanza, estrategia y
activación del sector turístico.

Subtotal:
Eje 2. Destino inteligente,
movilidad sostenible y
accesibilidad.
Subtotal:
Eje 3. Ciudad Histórica y
Estrategia Verde.
Subtotal:
Eje 4. Transición ecológica en el
sector turístico.

Actuaciones

Euros

1.1. Pacto Local para el desarrollo de un turismo
sostenible.
1.2. Observatorio de Turismo Sostenible.
1.3. Estrategia de turismo sostenible.
1.4. Gerencia del PST-SC y acciones de
comunicación general.
636.294,94
2.1. Sistema integral de gestión del destino
inteligente.
2.2. Plan de accesibilidad y diseño universal.
673.166,54
3.1. Renovación de la iluminación del patrimonio en la
Ciudad Histórica.
860.110,22
4.1. Impulso de la economía circular en el sector
turístico.
4.2. Compromiso contra el cambio climático.
4.3. Programa de formación y asesoramiento sobre la
transición ecológica en el sector turístico.

cve: BOE-A-2024-2306
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