III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-2312)
Resolución de 22 de enero de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Energía Inagotable de Pleitone, SL, autorización administrativa previa para el parque eólico Pleitone, de 19,8 MW de potencia, y su infraestructura de evacuación, en Ejea de los Caballeros (Zaragoza).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 33

Miércoles 7 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 14814

– Actualización, de fecha 30 de octubre de 2023, del Permiso de Conexión a la Red
de Transporte por modificación de las características de las infraestructuras comunes de
evacuación en el nudo.
– Memoria explicativa de adaptación del proyecto «PE Pleitone» a los condicionados
de la declaración de impacto ambiental, de fecha enero de 2024.
Considerando que la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, dispone, entre las
obligaciones de los productores de energía eléctrica, el desarrollo de todas aquellas
actividades necesarias para producir energía eléctrica en los términos previstos en su
autorización y, en especial, en lo que se refiere a seguridad, disponibilidad y
mantenimiento de la potencia instalada y al cumplimiento de las condiciones
medioambientales exigibles,
La citada autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones
que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, y a
cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables, así como sin
perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecución
de la obra.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, esta Dirección General de Política
Energética y Minas resuelve:
Único.
Otorgar a Energía Inagotable de Pleitone, SL, autorización administrativa previa para
el parque eólico Pleitone, de 19,8 MW de potencia, y su infraestructura de evacuación
a 30 kV, que seguidamente se detallan, con las características definidas en el
anteproyecto «PE Pleitone», fechado en junio de 2021, y con las particularidades
recogidas en la presente resolución.
El objeto del proyecto es la construcción de un parque eólico para la generación de
energía eléctrica y la evacuación de dicha energía a la red.
Sus características principales, a raíz de la evaluación de impacto ambiental
practicada, son las siguientes:

No obstante lo anterior, la instalación de producción deberá adaptarse al
contenido de la citada declaración de impacto ambiental y de los condicionados
aceptados por el promotor durante la tramitación de la presente autorización. En
particular, deberá atenderse al condicionado y las modificaciones requeridos en la
declaración de impacto ambiental y, en su caso, al soterramiento de cualquier
elemento de la infraestructura de evacuación, siendo de aplicación lo establecido en
el artículo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan
las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, respecto de las
modificaciones de instalaciones de generación que hayan obtenido autorización
administrativa previa y el cumplimiento de todas las condiciones establecidas en el
citado artículo. Será necesario obtener autorización administrativa previa de alguna
de las modificaciones propuestas y derivadas del cumplimiento de la declaración de

cve: BOE-A-2024-2312
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– Tipo de tecnología: eólica.
– Potencia instalada, según artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio: 19,8 MW.
– Modelo de aerogenerador: SGRE 155.
– Número de aerogeneradores: Tres aerogeneradores de 6,6 MW de potencia
unitaria, rotor tripala de 155 m de diámetro y altura de buje de 122,5 m.
– Tipo de torre: Tubular, de acero.
– Capacidad de acceso, según lo estipulado en los permisos de acceso y conexión
otorgados por Red Eléctrica de España, SAU: 49,5 MW.
– Términos municipales afectados: Ejea de los Caballeros, en la provincia de
Zaragoza.