V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. ADMINISTRACIÓN LOCAL. (BOE-B-2024-4144)
ANUNCIO del Ayuntamiento de Ribeira de aprobación definitiva del proyecto de expropiación forzosa, por el procedimiento de tasación conjunta, de los bienes y derechos afectados para la ejecución del nuevo POLÍGONO INDUSTRIAL.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 7 de febrero de 2024

Sec. V-B. Pág. 6114

OCTAVO.- Dar cuenta del presente acuerdo a los departamentos municipales
de intervención y tesorería, para los efectos oportunos.
NOVENO.- Notificar individualmente el presente acuerdo a las personas
interesadas titulares de bienes y derechos en el expediente, indicándoles que se
les concede un plazo de veinte (20) días contados a partir del día siguiente al de la
fecha de recepción de la notificación, durante el cual podrán manifestar por escrito
ante el órgano expropiante su disconformidad con la valoración establecida en el
expediente aprobado.
Se les advierte que, transcurrido el citado plazo de veinte días sin que se
formule oposición a la valoración, se entenderá aceptada la que se fijó en este acto
aprobatorio del expediente, entendiéndose determinado el precio justo
definitivamente, de conformidad con el artículo 118.8 de la Ley 2/2016.
En caso de que el expropiado rechace la valoración contenida en la hoja de
valoración formulada por la Administración, se le dará traslado del expediente y de
la hoja de valoración impugnada al Jurado de Expropiación de Galicia para efectos
de fijar el precio justo que, en todo caso, se hará de acuerdo con los criterios de
valoración establecidos en la legislación vigente.
DÉCIMO.- Publicar el presente acuerdo, así como el anexo con la relación de
los bienes y derechos afectados por la expropiación, en el BOE, DOG, BOP y en el
tablón de edictos (sede electrónica) del Ayuntamiento de Ribeira, lo que servirá de
notificación a los propietarios desconocidos y de los que se ignore el lugar de
notificación, o bien, tramitada esta no se pudiese efectuar. Todo esto de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre,
del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El cómputo del plazo de veinte días para estos interesados comenzará desde
el día siguiente al de la referida publicación en el BOE. Todo esto de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del
procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
DÉCIMO PRIMERO.- Igualmente, se le notificará el contenido de este acuerdo
al Ministerio Fiscal, para los efectos establecidos en el artículo 5 de la LEF, en
relación con los propietarios desconocidos y los no comparecientes en el
procedimiento expropiatorio.
DÉCIMO SEGUNDO.- Contra este acuerdo, que pone fin a la vía
administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Pleno
de la Corporación en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la
notificación de este acuerdo, o directamente recurso contencioso-administrativo en
el plazo de dos meses ante el juzgado competente, según el artículo 46.1 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa. Para el caso
de que se interponga el recurso potestativo de reposición, hasta que sea resuelto
expresamente o se produjera la desestimación presunta, no se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo.
En el supuesto de que el interesado sea una Administración pública, en el lugar
del recurso de reposición, podrá dirigir al órgano competente en el plazo de dos
meses el requerimiento previo previsto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13
de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Todo esto sin perjuicio de que, en caso de disconformidad con la valoración

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Núm. 33