III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2024-2236)
Resolución de 31 de enero de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Blanca, para la incorporación de los Cuerpos de Policía Locales al Sistema de Seguimiento Integral de los casos de Violencia de Género.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 32

Martes 6 de febrero de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DEL INTERIOR
2236

Resolución de 31 de enero de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Blanca, para la
incorporación de los Cuerpos de Policía Locales al Sistema de Seguimiento
Integral de los casos de Violencia de Género.

Habiéndose suscrito el 26 de enero de 2024 el Convenio entre la Secretaría de
Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de Blanca para la incorporación de los Cuerpos
de Policía Locales al «Sistema de Seguimiento Integral de los casos de Violencia de
Género», procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio
que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 31 de enero de 2024.–El Secretario General Técnico del Ministerio del
Interior, Juan Antonio Puigserver Martínez.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de Blanca
para la incorporación de los Cuerpos de Policía Locales al «Sistema de
Seguimiento Integral de los casos de Violencia de Género»
Madrid, a 26 de enero de 2024.
REUNIDOS
De una parte, don Rafael Pérez Ruíz, Secretario de Estado de Seguridad del
Ministerio del Interior, nombrado por Real Decreto 84/2020, de 17 de enero, al amparo
de lo previsto en el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, y con domicilio a los efectos del presente convenio en la
calle Amador de los Ríos, 2. 28071 Madrid.
Y de otra parte, don Ángel Pablo Cano Gómez, Alcalde del Ayuntamiento de Blanca
(en adelante, el Ayuntamiento), nombrado por acuerdo del Pleno de la Corporación,
de 17 de junio de 2023, actuando en nombre y representación del mismo en virtud de las
atribuciones que le confiere el artículo 21.a y b de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases de Régimen Local, con domicilio a los efectos del presente
convenio en calle Anguillara Sabazia, n.º 7. C. P. 30540 Blanca (Murcia).
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto,

Primero.
Que el artículo 149.1.29.ª de la Constitución Española establece que el Estado tiene
competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Asimismo, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del
Estado, correspondiendo su mantenimiento al Gobierno de la Nación y, en concreto, al
Ministerio del Interior.

cve: BOE-A-2024-2236
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