I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Organización. (BOE-A-2024-2202)
Orden AUC/82/2024, de 23 de enero, por la que se eleva a la categoría de Consulado Honorario la Oficina Consular Honoraria de España en Atlanta, en los Estados Unidos de América.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 32

Martes 6 de febrero de 2024

Sec. I. Pág. 14259

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
2202

Orden AUC/82/2024, de 23 de enero, por la que se eleva a la categoría de
Consulado Honorario la Oficina Consular Honoraria de España en Atlanta, en
los Estados Unidos de América.

Tras la entrada en vigor de la Orden AUC/809/2022, de 12 de agosto, por la que se
crean Oficinas Consulares honorarias, con categoría de Consulado Honorario de
España, en Aventura y San Carlos (Cayo Hueso), ambas en los Estados Unidos de
América, y por la que se reestructura la red consular honoraria dependiente del
Consulado General de España en Miami, se hace necesario elevar la categoría de la
Oficina Consular honoraria de España en Atlanta, con el objetivo de completar la
adecuación de la red consular honoraria a la realidad de la colonia y la presencia
españolas en la demarcación del Consulado General de España en Miami.
Esta realidad viene marcada por el constante crecimiento del número de personas
inscritas en el Registro de Matrícula Consular del citado Consulado General,
principalmente tras la entrada en vigor de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que
se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes
padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura, y la
Ley 12/2015, de 24 de junio, en materia de concesión de la nacionalidad española a los
sefardíes originarios de España. Esto supone, en consecuencia, el aumento de la
demanda de servicios consulares por parte de los españoles residentes en la
circunscripción del Consulado General de España en Miami. Así, una red consular
honoraria actualizada es crucial para la prestación adecuada de los servicios de
asistencia y protección consulares tanto a los españoles residentes como a los
transeúntes, máxime teniendo en cuenta las funciones consulares de protección de
colectivos vulnerables y de lucha contra la violencia de género.
Por todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.1 de la Ley 2/2014, de 25
de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, y con arreglo al Reglamento de
los Agentes Consulares Honorarios de España en el extranjero, aprobado por el Real
Decreto 1390/2007, de 29 de octubre, a iniciativa de la Dirección General del Servicio
Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de España en
Washington D.C., con los informes favorables de la Dirección General de Españoles en
el Exterior y Asuntos Consulares y de la Dirección General de América del Norte, Europa
Oriental, Asia y Pacífico, dispongo:
Artículo 1.

Elevación de la Oficina Consular honoraria de España en Atlanta.

Artículo 2.

Jefatura de la Oficina Consular honoraria de España en Atlanta.

La persona titular del Consulado Honorario en Atlanta tendrá, de conformidad con el
artículo 9 del Convenio de Viena sobre relaciones consulares, de 24 de abril de 1963,
categoría de Cónsul Honorario.

cve: BOE-A-2024-2202
Verificable en https://www.boe.es

Se eleva a la categoría de Consulado Honorario la Oficina Consular honoraria de
España, con categoría de Viceconsulado Honorario, en Atlanta, en los Estados Unidos
de América, cuya circunscripción abarca el estado de Georgia.