III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-2178)
Resolución de 29 de enero de 2024, de la Dirección del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio con la Comunidad de Madrid, en materia de suministro de información para finalidades no tributarias.
<< 9 << Página 9
Página 10 Pág. 10
-
10 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 31

Lunes 5 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 14165

Octava. Modificación del anexo II del convenio.
Se modifica el anexo II del convenio, que queda redactado de la siguiente forma:
«ANEXO II
Se recogen los siguientes suministros de información de la Agencia Tributaria
a la comunidad autónoma:
Categoría

Información

Procedimiento administrativo

IMPUESTO SOBRE EL VALOR Indicación de si se tributa en régimen simplificado o en
AÑADIDO.
régimen de grupo de entidades.

Los procedimientos establecidos por la comunidad
autónoma en cada caso.

Información sobre el volumen de operaciones a efectos
del IVA.

Los procedimientos establecidos por la comunidad
autónoma en cada caso.

Régimen general. Base imponible.

Los procedimientos establecidos por la comunidad
autónoma en cada caso.

IMPUESTO SOBRE
SOCIEDADES.

Pertenencia a un grupo fiscal sometido al régimen de
Los procedimientos establecidos por la comunidad
consolidación fiscal de territorio común, número de grupo autónoma en cada caso.
y composición del mismo.

IMPUESTO SOBRE EL
PATRIMONIO.

Indicación de si se ha presentado la declaración del
impuesto.

Los procedimientos establecidos por la comunidad
autónoma en cada caso.

OTRA INFORMACIÓN.

Número de perceptores medios de rendimientos del
trabajo personal.

Los procedimientos establecidos por la comunidad
autónoma en cada caso.»

Novena.

Prórroga del convenio.

En virtud de la cláusula decimosexta del convenio y conforme al artículo 49 de la Ley
de Régimen Jurídico del Sector Público, las partes firmantes acuerdan la prórroga del
Convenio entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Comunidad de
Madrid, de fecha 6 de febrero de 2020, en materia de suministro de información para
finalidades no tributarias, incluyendo las modificaciones incorporadas al mismo mediante
la Adenda suscrita en fecha 1 de febrero de 2022 y las incorporadas mediante la
presente adenda. Dicha prórroga, por un periodo de otros cuatro años, comenzará a
contar desde la finalización de la vigencia prevista en la cláusula decimosexta del
convenio, previa inscripción de la adenda en el Registro Electrónico Estatal de Órganos
e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal antes de la fecha de extinción
del convenio.
Décima.

Eficacia de las modificaciones.

En prueba de conformidad, ambas partes lo firman electrónicamente en el lugar
indicado en el encabezamiento.–Por la Agencia Estatal de Administración Tributaria,
el Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Jesús Gascón
Catalán.–Por la Comunidad de Madrid, la Consejera de Economía, Hacienda y
Empleo de la Comunidad de Madrid, Rocío Albert López-Ibor.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2024-2178
Verificable en https://www.boe.es

Las modificaciones del convenio contenidas en la presente adenda serán de
aplicación desde la fecha de su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos
e Instrumentos de Cooperación. Asimismo, la adenda se publicará en el «Boletín Oficial
del Estado».