III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-2178)
Resolución de 29 de enero de 2024, de la Dirección del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio con la Comunidad de Madrid, en materia de suministro de información para finalidades no tributarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 31

Lunes 5 de febrero de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE HACIENDA
2178

Resolución de 29 de enero de 2024, de la Dirección del Servicio de
Planificación y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria, por la que se publica la Adenda de modificación y
prórroga del Convenio con la Comunidad de Madrid, en materia de suministro
de información para finalidades no tributarias.

La Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Comunidad de Madrid han
suscrito con fecha 25 de enero de 2024 una Adenda de modificación y prórroga del
Convenio en materia de suministro de información para finalidades no tributarias,
suscrito entre ambas Administraciones en fecha 6 de febrero de 2020. En cumplimiento
de lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, se dispone su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 29 de enero de 2024.–El Director del Servicio de Planificación y Relaciones
Institucionales, Ignacio Fraisero Aranguren.
ADENDA DE MODIFICACIÓN Y PRÓRROGA DEL CONVENIO ENTRE LA AGENCIA
ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Y LA COMUNIDAD DE MADRID
DE FECHA 6 DE FEBRERO DE 2020, EN MATERIA DE SUMINISTRO
DE INFORMACIÓN PARA FINALIDADES NO TRIBUTARIAS
En Madrid a 25 de enero de 2024.
PARTES QUE INTERVIENEN
De una parte, don Jesús Gascón Catalán, Presidente de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria, en virtud de lo previsto en el artículo 103, apartado tres.2 de la
Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991,
nombrado por el Real Decreto 435/2022, de 8 de junio.
Y de otra, la Excma. doña Rocío Albert López-Ibor, Consejera de Economía,
Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, nombrada según Decreto 40/2023,
de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid (BOCM número 150, de 26
de junio), quien se encuentra facultada para ello en virtud del apartado 3.2.a) del
Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la
actividad convencional de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 2 del
Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la
estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOCM
número 159, de 6 de julio).

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I
La Agencia Estatal de Administración Tributaria (en adelante, Agencia Tributaria) es
una Entidad de Derecho Público encargada, en nombre y por cuenta del Estado, de la
aplicación efectiva del sistema tributario estatal y del aduanero y de aquellos recursos de

cve: BOE-A-2024-2178
Verificable en https://www.boe.es

Reconociéndose ambas partes la capacidad legal necesaria para formalizar la
presente adenda, realizan la siguiente