III. Otras disposiciones. UNIVERSIDADES. Encomienda de gestión. (BOE-A-2024-2189)
Resolución de 23 de enero de 2024, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión a la Fundación UNED, para la gestión material del proyecto de Tecnologías aplicadas al patrimonio cultural.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 31

Lunes 5 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 14233

Se adjunta como anexo II, las cláusulas que deberá tener en cuenta la fundación,
como encargada del tratamiento, para tratar por cuenta del responsable, los datos de
carácter personal a los que tenga acceso para prestar el servicio objeto de la presente
encomienda.
Sexta.
Mediante la firma del presente acuerdo, la Fundación UNED se compromete al
cumplimiento de la normativa comunitaria y nacional que pudiera resultar de aplicación,
derivada de la financiación con fondos del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia del objeto de la presente encomienda. En particular, aplicará medidas para
evitar el fraude, la corrupción y los conflictos de intereses, a la hora de ejecutar la
compensación prevista en el apartado tercero, y garantizará el pleno cumplimiento del
principio de «no causar un perjuicio significativo al medio ambiente» (principio DNSH) y
el etiquetado climático (sin contribución específica) y digital con una contribución
del 100 % bajo la etiqueta 108, de acuerdo con lo previsto en el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, aprobado por Consejo de Ministros el 27 de abril de 2021 y
por el Reglamento (UE) n.º 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de
febrero de 2021.
Séptima.
La encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de las competencias ni
de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidas al Vicerrectorado de Formación
Permanente para el Desempeño Profesional y Desarrollo Social.
Octava.
Es responsabilidad del Vicerrectorado de Formación Permanente para el Desempeño
Profesional y Desarrollo Social dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que
den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de la presente
encomienda de gestión.
La unidad encargada de comprobar la correcta ejecución de la encomienda
corresponderá al Servicio de Formación Permanente.
Madrid, a la fecha de la firma.–Ricardo Mairal Usón, Rector de la UNED.–Gustavo
Rovira Salinas, Director Gerente de la Fundación UNED.
ANEXO II
Cláusulas relativas al encargo de tratamiento
Estipulaciones
Primera.

Objeto del tratamiento.

– Gestión material del proyecto de Tecnologías Aplicadas al Patrimonio Cultural.
En concreto, mediante la presente encomienda la Fundación UNED atenderá las
siguientes gestiones técnicas y administrativas:
Atención al estudiante.
Preparación de las convocatorias.

cve: BOE-A-2024-2189
Verificable en https://www.boe.es

Mediante las presentes cláusulas se habilita al Encargado del tratamiento, para tratar
por cuenta del Responsable de tratamiento, los datos de carácter personal necesarios
para prestar el siguiente servicio: