III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio. (BOE-A-2024-2180)
Resolución de 2 de enero de 2024, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica la Adenda n.º 2 modificativa del Convenio con la Comunidad Autónoma de Extremadura y el Ayuntamiento de Mérida, para la ejecución de una pasarela urbana de uso peatonal y con carril bici sobre la playa de vías de la Estación de Ferrocarril de Mérida a fin de mejorar la permeabilidad transversal de la ciudad incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 31

Lunes 5 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 14175

Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura
con cargo al Proyecto: 20220319 «Ejecución de pasarela urbana de uso peatonal
y con carril bici sobre las vías de la Estación de Ferrocarril de Mérida»
Financiación MR01C01I01 Aplicación Presupuestaria: 160050000/G353C/601 de
los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura
para 2022, y con las anualidades 2022-2025 con el siguiente desglose:
Importe

Euros

Anualidad

Centro
Gestor

Pos. Presup.

Fondo

Proyecto Pr

Año 2022:

160050000

G/353C/60100

MR01C01I01

20220319

40.000,00

Año 2023:

160050000

G/353C/60100

MR01C01I01

20220319

104.793,70

Año 2024:

160050000

G/353C/60100

MR01C01I01

20220319

1.157.000,00

Año 2025:

160050000

G/353C/60100

MR01C01I01

20220319

1.045.206,30

El coste final de las actuaciones vendrá afectado, en su caso, por las bajas de
adjudicación, las revisiones de precios, modificados y, en general, por las
incidencias que puedan producirse en el desarrollo de los contratos.»
II. Es objeto de modificación la cláusula tercera «Financiación de las actuaciones y
forma de abono» del Convenio de fecha 5 de octubre de 2022, cuyo párrafo tercero
(modificado en la adenda n.º 1) queda con la siguiente redacción:
«Los pagos de la Consejería de infraestructuras, Transporte y Vivienda de la
Junta de Extremadura a ADIF serán realizados mediante transferencia bancaria,
del siguiente modo:
A. A partir de que el presente convenio adquiera eficacia, el pago de la
cantidad prevista para la anualidad 2022 (40.000,00 euros) se transferirá en
concepto de pago anticipado, previa certificación emitida por ADIF, justificativa del
inicio del expediente de licitación para la redacción del proyecto de ejecución.
B. El resto de pagos, correspondientes a las anualidades 2023, 2024 y 2025,
se realizará previa emisión de factura, acompañada de la correspondiente
certificación, en su caso, por los conceptos que correspondan, estableciéndose
facturación de periodicidad mensual y proporcional a los trabajos desarrollados,
debiéndose justificar detalladamente los mismos en memoria anexa a la factura
y/o certificación, realizada y validada por la Dirección Facultativa, y debiéndose
validar, en el plazo máximo de 30 días, dichos trabajos por la Junta de
Extremadura, mediante emisión de informe de conformidad de los trabajos e
importe facturado previo a la emisión de la certificación, para la tramitación del
pago por el órgano gestor de los fondos económicos.»

«Se establecen los siguientes hitos y objetivos a cumplir:
– Inicio del proceso de licitación de la redacción del proyecto antes del 31
de diciembre de 2022.
– Adjudicación de las actuaciones contempladas antes del 30 de marzo
de 2023 (redacción del proyecto).
– Adjudicación de las actuaciones objeto del Convenio antes del 31
de diciembre de 2023.

cve: BOE-A-2024-2180
Verificable en https://www.boe.es

III. Es objeto de modificación la cláusula tercera «Financiación de las actuaciones y
forma de abono» del Convenio de fecha 5 de octubre de 2022, cuyo último párrafo
(modificado en la adenda n.º 1), referido al cumplimiento de hitos y objetivos, queda con
la siguiente redacción: