II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO FISCAL. Nombramientos. (BOE-A-2024-2053)
Decreto de 25 de enero de 2024, del Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Delegada de Vigilancia Penitenciaria en la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Cantabria a doña Emilia Amparo Quesada de la Torre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 30

Sábado 3 de febrero de 2024

Sec. II.A. Pág. 13879

Tercero.
El artículo 62.2 del Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo, por el que se aprueba el
Reglamento del Ministerio Fiscal, establece:
«Los Fiscales delegados especialistas, tanto autonómicos como provinciales, serán
nombrados y, en su caso, relevados, mediante Decreto dictado por la persona titular de
la Fiscalía General del Estado, a propuesta del Fiscal Jefe respectivo y previo informe
del Fiscal de Sala Especialista o Delegado.
[…]
La propuesta de nombramiento del Fiscal Jefe habrá de ser motivada y deberá ir
acompañada de la relación de todos los fiscales que hayan solicitado el puesto con
aportación de los méritos alegados. Una vez recibida por la Inspección Fiscal, dará
traslado al respectivo Fiscal de Sala, que podrá efectuar las consideraciones que estime
pertinentes, resolviendo seguidamente la persona titular de la Fiscalía General del
Estado, previa audiencia del Consejo Fiscal.»
Cuarto.
Se han cumplido todos los trámites establecidos para proceder al nombramiento
interesado. Asimismo, la propuesta de la Fiscal Superior de la Comunidad Autónoma de
Cantabria avala la idoneidad de la candidata.
En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones
del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y haciendo propia la fundamentación de la
propuesta, acuerdo:
Nombrar a doña Emilia Amparo Quesada de la Torre, Fiscal Delegada de Vigilancia
Penitenciaria en la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Notifíquese lo acordado al Fiscal Superior de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma
de Cantabria, que trasladará copia del presente decreto a la fiscal interesada, poniéndolo
en conocimiento de todos los fiscales de la plantilla y a la Dirección General para el
Servicio Público de Justicia.
Publíquese en el «Boletín Oficial del Estado».
Recursos. Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en
el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su
notificación, ante la Fiscalía General del Estado (calle Fortuny, n.º 4, Madrid 28010) en los
términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella ley o, alternativamente,
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Supremo, según lo establecido en el artículo 12.1.b) de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a
contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de
esta misma ley.

Madrid, 25 de enero de 2024.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.

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Cumpliméntese lo acordado.