III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2024-2018)
Resolución de 29 de diciembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 29 de diciembre de 2023, por el que se fijan los criterios de distribución, así como el reparto resultante para las comunidades y ciudades autónomas, del crédito destinado a la financiación de actuaciones en el marco del Componente 14 Inversión 1, medida 3 "Planes de Sostenibilidad Social del Turismo" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 29

Viernes 2 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 13594

La ejecución de los créditos consignados para las líneas de inversión citadas está
sujeta a lo establecido en el artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, que
regula los créditos gestionados por las comunidades autónomas. No obstante, dado que
las líneas de inversión reseñadas anteriormente serán financiadas con cargo al PRTR,
les serán de aplicación las especialidades previstas en el artículo 44 del Real Decretoley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la
modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Por medio del presente acuerdo, y sobre la base de los criterios de reparto
contenidos en el mismo, se determinan los importes correspondientes a cada comunidad
y ciudad autónoma, a transferir con cargo al presupuesto de 2023 para esta inversión
(10.040.000 de euros).
Por todo lo anterior, y de acuerdo con los artículos 4 y 9 del Reglamento de
Organización y Funcionamiento Interno de la Conferencia Sectorial de Turismo, el Pleno
de dicha Conferencia Sectorial
ACUERDA
Primera.

Objetivo.

El Componente 14 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)
contempla, dentro de la Inversión 1 (Transformación del modelo turístico hacia la
sostenibilidad), una línea de acción que denomina Planes de Sostenibilidad Social del
sector turístico.
Para articular dicha inversión se aprueban unas «Directrices comunes de los planes
de sostenibilidad social del turismo», en tanto que mecanismo de actuación cooperada
entre las Comunidades Autónomas y el Gobierno Central. Cada comunidad autónoma
elaborará un Plan de Sostenibilidad Social del sector turístico y será la coordinadora de
la ejecución y justificación de los planes en los que articulen las actividades.
Los Planes de Sostenibilidad Social del sector turístico no tienen asignado un
objetivo de la Decisión de Ejecución del Consejo (CID), siendo el compromiso su puesta
en marcha en coherencia con lo reflejado en el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
Segunda.

Financiación y criterios de asignación.

La propuesta de territorialización de estas ayudas considera, como criterio para su
distribución la cifra de empleo turístico en cada CCAA y propone un indicador que mide
el promedio de los tres meses de mayor afiliación a la seguridad social de cada
comunidad autónoma (Fuente: Turespaña basado en datos de afiliación de la Seguridad
Social – MISSM, ver anexo I).

cve: BOE-A-2024-2018
Verificable en https://www.boe.es

El importe total destinado a financiar el programa de Planes de Sostenibilidad Social
del sector turístico es de 10.040.000,00 euros, con cargo a los créditos del servicio 50
«Mecanismo de Recuperación y Resiliencia», con cargo al presupuesto del Ministerio de
Industria y Turismo mediante las correspondientes transferencias de la Secretaría de
Estado de Turismo a las Comunidades Autónomas. En concreto, el Programa se
financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 20.50.43NA.753.05 («Planes de
Sostenibilidad Social del sector turístico»).
Criterios objetivos de asignación utilizados: en aplicación de lo dispuesto en el
artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, los criterios objetivos que sirven de
base para la distribución territorial de los créditos presupuestarios son los siguientes: