III. Otras disposiciones. UNIVERSIDADES. Encomienda de gestión. (BOE-A-2024-2031)
Resolución de 23 de enero de 2024, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión a la Fundación UNED, para la gestión material del curso de Experto universitario en ciberseguridad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 29

Viernes 2 de febrero de 2024

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Por todo lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente Acuerdo de
encomienda de gestión, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
La UNED, a propuesta del Vicerrectorado de Formación Permanente para el
Desempeño Profesional y Desarrollo Social, y la Fundación UNED acuerdan, en el
marco de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, que la citada Fundación lleve a cabo, por razones de
eficacia, explicitadas en la memoria explicativa que acompaña el presente acuerdo como
anexo I, determinadas actuaciones relacionadas con la gestión material del Curso de
Experto Universitario en Ciberseguridad.
Segunda.
La gestión material que se encomienda se concretará en las siguientes actividades
con el alcance que en cada caso se señala:
a) Recepción de las solicitudes de matrícula presentadas por los estudiantes
interesados en realizar el Curso de Experto Universitario en Ciberseguridad.
b) Revisión de la solicitud de matrícula del estudiante y de la documentación
adicional, así como el requerimiento de subsanación en caso de documentación
incompleta.
c) Apoyo administrativo para la elaboración de la propuesta provisional de admisión
a los cursos, o de anulación de la solicitud y devolución, en su caso, de los ingresos
indebidos.
d) Apoyo en la difusión en medios de comunicación gráficos y online de la oferta del
Curso de Experto Universitario en Ciberseguridad.
e) Cualquier otro trámite relacionado con las actividades del proceso cuya gestión
se encomienda, siempre que no suponga alteración de la titularidad de la competencia ni
de los elementos sustantivos de su ejercicio.
Tercera.
La UNED compensará a la Fundacion UNED los gastos que haya soportado en la
realización de esta encomienda, que serán financiados con cargo a la capítulo 2 de su
presupuesto (programa 322C artículo 22), clave orgánica 18.CM23.
Esta compensación consistirá en el pago de la cantidad de 4.050 euros, de
conformidad con lo estipulado en el anexo I del convenio, donde se refleja el
presupuesto máximo inicial del proyecto y las correspondientes partidas de gasto.

El plazo de vigencia de la gestión encomendada se extenderá desde la fecha de la
firma al 30 de septiembre de 2025.
Si el desarrollo de las actividades encomendadas lo requiere, el presente acuerdo
podrá ser prorrogado o revocado, a propuesta de cualquiera de las partes, por acuerdo
expreso de las mismas.
Quinta.
La Entidad u órgano encomendado tendrá la condición de encargado del tratamiento
de los datos de carácter personal a los que pudiera tener acceso en ejecución de la
encomienda de gestión, siéndole de aplicación lo dispuesto en la normativa de
protección de datos de carácter personal según lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018,

cve: BOE-A-2024-2031
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.