III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Personal investigador. Retribuciones. (BOE-A-2024-2025)
Orden CNU/70/2024, de 26 de enero, por la que se convoca la evaluación por los méritos investigadores o de transferencia del conocimiento del personal investigador funcionario de las escalas científicas de los Organismos Públicos de Investigación de la Administración General del Estado por la actividad realizada hasta el 31 de diciembre de 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 29

Viernes 2 de febrero de 2024
Segundo.

Sec. III. Pág. 13661

Requisitos de las personas solicitantes.

1. Tendrá derecho a solicitar esta evaluación el personal investigador funcionario de
las escalas científicas de los Organismos Públicos de Investigación de la Administración
General del Estado:
a) Profesorado de Investigación de Organismos Públicos de Investigación.
b) Personal Investigador Científico de Organismos Públicos de Investigación.
c) Personal Científico Titular de Organismos Públicos de Investigación.
2. Las personas solicitantes deberán tener la condición de funcionario de carrera en
alguna de las escalas indicadas en al apartado anterior en el momento de presentar la
solicitud, y estar en situación de servicio activo o equivalente, según lo dispuesto en el
artículo 7 del Real Decreto 310/2019, de 26 de abril. Conforme el apartado 2 de dicho
artículo, tendrán la consideración de equivalentes las siguientes situaciones:
a) Servicios especiales.
b) Excedencia en las modalidades por cuidado de familiares, por razón de violencia
de género y por razón de violencia terrorista previstas en el artículo 89.1 del texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
c) Excedencia temporal para incorporarse a otros agentes de investigación a que
se refiere el artículo 17.3 y 4 de la Ley 14/2011, de 1 de junio.
Tercero.

Solicitudes.

1. El personal investigador que cumpla los requisitos del apartado anterior podrá
solicitar una de las evaluaciones siguientes:

2. Las personas interesadas deberán cumplimentar el formulario disponible a estos
efectos en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades
(https://ciencia.sede.gob.es: Procedimientos, apartado Ciencia e Innovación), y presentarlo,
con carácter obligatorio, haciendo uso de la firma electrónica a través del Registro Electrónico
del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades o bien accediendo a dicho Registro
Electrónico desde el siguiente enlace: https://aplicaciones.ciencia.gob.es/firmarsolicitud.
Para poder realizar la firma de la solicitud se deberá disponer de un certificado digital
de persona física (emitido a nombre, apellidos y documento de identidad de la persona
que realizará el trámite de quinquenios).
Si no se dispone de dicho certificado puede solicitarse ante la Fábrica Nacional de
Moneda y Timbre (FNMT) (https://www.sede.fnmt.gob.es/certificados/persona-fisica)
3. Cualquier consulta relacionada con esta convocatoria pueden dirigirla a través
del correo electrónico cedact@ciencia.gob.es. Las incidencias informáticas serán
atendidas en el buzón electrónico cauidi@aei.gob.es.

cve: BOE-A-2024-2025
Verificable en https://www.boe.es

a) Evaluación de tramos/quinquenios por primera vez.
b) Evaluación de un tramo/quinquenio adicional posterior al último tramo evaluado.
c) Evaluación de un tramo/quinquenio formado por la suma de uno, dos, tres o
cuatro años posteriores al último tramo evaluado completado y cuatro, tres, dos o un año
respectivamente que, siendo objeto de evaluación de la convocatoria extraordinaria
de 2023 (Orden CIN/968/2023, de 20 de julio), no pudieron presentar su solicitud por no
alcanzar los cinco años necesarios para su evaluación.
d) Evaluación de un tramo/quinquenio adicional con renuncia a un tramo evaluado
favorablemente de escala inferior. Es requisito que la persona interesada haya obtenido,
con carácter previo, seis evaluaciones favorables.