III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Inversiones exteriores. (BOE-A-2024-1977)
Resolución de 31 de enero de 2024, de la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones, por la que se aprueban los modelos destinados a la tramitación y declaración de las inversiones extranjeras en España y de las inversiones españolas en el exterior.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 28

Jueves 1 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 13389

Asimismo, en el recuadro «Dirección», se consignarán los datos que permitan
identificar dónde se encuentra ubicado el inmueble objeto de la desinversión (vía pública,
número, escalera, piso, letra, código postal, ciudad, país, etc.).
III. Datos de la desinversión
Casillero 7.

Importe de la desinversión y fecha.

Importe de la desinversión: Se indicará el importe correspondiente a la desinversión
declarada. En el caso de transmisiones lucrativas, se consignará el valor que procedería
declarar en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, y en el caso de traslados de
residencia, el precio que figura en la escritura de compraventa, pagado por el inversor,
cuando adquirió el inmueble.
Fecha: Se cumplimentará la fecha, en el formato día/mes/año, que figure en el
documento acreditativo de la operación.
Casillero 8.
social.

En caso de transmisión a residentes, n.º de adquirentes y nombre o razón

En el caso de transmisiones a residentes, indique el número de adquirentes, y el
nombre y apellidos o razón social de los mismos. En caso de más de dos adquirientes,
sus datos se consignarán en el modelo «Hoja adicional».
Casillero 9.

Medios de pago.

Código: La naturaleza de los medios de pago se indicará mediante los códigos
siguientes:
01. Pago mediante aportación dineraria.
11. Acciones y participaciones o activos y pasivos de la sociedad española titular de
la desinversión.
12. Acciones y participaciones o activos y pasivos de otra sociedad española.
13. Acciones y participaciones de una sociedad extranjera.
17. Inmuebles sitos en España.
18. Inmuebles sitos en el extranjero.
19. Fusiones de sociedades. Se utilizará este código para transmisiones como
consecuencia de fusiones o adquisiciones exclusivamente entre sociedades residentes.
20. Pagos realizados mediante otras aportaciones no dinerarias.
30. Sin aportación: se utilizará en casos de traslados de residencia, transmisiones a
título lucrativo o transmisiones entre residentes.

IV.
Casillero 10.

Diligencias

Declaración.

Se cumplimentará con los datos del titular de la desinversión o de su representante,
lugar y fecha.

cve: BOE-A-2024-1977
Verificable en https://www.boe.es

Importe: Se indicará, asimismo, el importe correspondiente a cada medio de pago.
En la casilla «Total» se consignará la suma de estos importes, que deberá coincidir con
el importe consignado en el casillero 7.
Deberá cumplimentarse, por lo menos, una de las opciones disponibles. Si hubiera
más de tres medios de pago, se consignarán los códigos de los tres medios por los que
se hayan pagado los importes mayores y se asignará al código 20 «Pagos realizados
mediante otras aportaciones no dinerarias» el importe restante.