III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Inversiones exteriores. (BOE-A-2024-1977)
Resolución de 31 de enero de 2024, de la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones, por la que se aprueban los modelos destinados a la tramitación y declaración de las inversiones extranjeras en España y de las inversiones españolas en el exterior.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 28

Jueves 1 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 13301

DECLARACIÓN PREVIA DE INVERSIÓN EXTRANJERA PROCEDENTE DE
JURISDICCIONES NO COOPERATIVAS EN BIENES INMUEBLES
Modelo DP-2
Instrucciones de cumplimentación
Normas generales
El modelo DP-2 se utilizará para presentar al Registro de Inversiones las
declaraciones previas de las inversiones extranjeras en bienes inmuebles situados en
España, en los supuestos indicados en el artículo 5.5.a) del Real Decreto 571/2023.
Esta declaración tiene una validez de seis meses.
El modelo se obtendrá, se cumplimentará y se presentará por vía telemática,
mediante AFORIX, programa informático disponible en la página web de la Subdirección
General de Inversiones Exteriores.
Las instrucciones de cumplimentación y el procedimiento para la presentación están
disponibles en la opción de ayuda de AFORIX en https://oficinavirtual.comercio.gob.es/
AFORIXUpdater/AforixHelp-R11.pdf.
Si el tamaño de los casilleros no fuera suficiente para cumplimentar la información
requerida, se utilizará un modelo «Hoja adicional» que se adjuntará al modelo DP-2.
En caso de incumplir la obligación de presentación del modelo, será de aplicación el
régimen sancionador contenido en la Ley 19/2003 de 4 de julio, sobre régimen jurídico
de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior.
Encabezamiento
Rectificación: Si fuera necesario rectificar algún error contenido en un modelo DP-2
presentado con anterioridad, se presentará otro modelo DP-2 cumplimentado en su
totalidad, en el que se indique el número completo de la declaración en modelo DP-2 que
sustituye.
I.
Casillero 1.

Datos del inversor

Titular de la inversión.

Se consignarán los apellidos y nombre o la razón social del inversor y su domicilio
que deberá incluir todos los datos necesarios para la localización de aquél (vía pública,
número, código postal, municipio, etc.).
Se consignará la denominación del país de residencia del inversor y su código, de
acuerdo con la tabla de países disponible en la Ayuda de AFORIX en https://
oficinavirtual.comercio.gob.es/AFORIXUpdater/tablaCodificacion.aspx?tabla=paises.
Cuando haya más de un titular de la inversión, todos estos datos se detallarán, para
cada uno de ellos, en el modelo «Hoja adicional».
Titulares últimos del inversor.

Si la inversión se efectuase a través de fiduciarios o personas interpuestas, se
declararán en este casillero los datos del propietario real o la persona por cuya cuenta
actúan.
Si el titular de la inversión es una persona jurídica, se declararán los datos de los
titulares últimos, es decir, propietarios en último término del titular de la inversión (hasta
un máximo de 2 titulares).
Se consignará por cada uno de los titulares últimos los apellidos y el nombre o la
razón social, así como la denominación y el código de país que corresponda según la
tabla de la Ayuda de AFORIX en https://oficinavirtual.comercio.gob.es/AFORIXUpdater/
tablaCodificacion.aspx?tabla=paises.

cve: BOE-A-2024-1977
Verificable en https://www.boe.es

Casillero 2.