III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Inversiones exteriores. (BOE-A-2024-1977)
Resolución de 31 de enero de 2024, de la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones, por la que se aprueban los modelos destinados a la tramitación y declaración de las inversiones extranjeras en España y de las inversiones españolas en el exterior.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 28

Jueves 1 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 13349

sociedades españolas. En caso afirmativo, se cumplimentarán los recuadros que
correspondan del apartado V.
V.

Sociedades españolas participadas por la empresa del apartado IV

Si la empresa del casillero 13 del apartado IV tiene participaciones iguales o
superiores al 10 % del capital o los derechos de voto en otras sociedades españolas,
se cumplimentará para cada una de ellas uno de los dos recuadros que figuran en
este apartado V de esta Hoja D-4 (2) con su razón social, NIF, LEI, código de
Comunidad Autónoma en que tiene su sede social según la tabla de la ayuda de
AFORIX
disponible
en
https://oficinavirtual.comercio.gob.es/AFORIXUpdater/
tablaCodificacion.aspx?tabla=comunidades,, descripción de la actividad desarrollada y
su código CNAE a cuatro dígitos según la clasificación disponible en https://
www.ine.es/dyngs/INEbase/es/operacion.htm?
c=Estadistica_C&cid=1254736177032&menu=ultiDatos&idp=1254735976614
Se consignarán, asimismo, el Capital social (4), el Patrimonio neto (5), los fondos
propios (6), la Cifra de negocio (7), los Resultados después de impuestos (8), el
Resultado ordinario neto (9), el Resultado extraordinario (10), los Dividendos aprobados
en las cuentas del ejercicio (11), los Dividendos ordinarios distribuidos en el ejercicio
(12), los Dividendos extraordinarios distribuidos en el ejercicio (13), el Activo total de la
empresa (14) el Inmovilizado material (15). Estos importes se expresarán según las
instrucciones de cumplimentación del casillero 3 «Datos económicos» de la empresa
declarante de la hoja D-4(1).
En la casilla 16 «número de empleados» se indicará el número total de empleados,
fijos o temporales y en la casilla 12 «Participación de la empresa del casillero 17 del
apartado IV», se consignará el porcentaje solicitado con dos decimales.
Si la empresa del casillero 13 del apartado IV participa en más de dos empresas
residentes en un porcentaje igual o superior al 10 %, se añadirán consecutivamente las
hojas D-4(3) que resulten necesarias para declarar todas las sociedades españolas que
correspondan a este apartado V, debiéndose en este caso cumplimentar, en la nueva
hoja, solamente el período del ejercicio, la razón social y el NIF de la empresa española
del apartado IV de la cual es continuación.

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cve: BOE-A-2024-1977
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