III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Inversiones exteriores. (BOE-A-2024-1977)
Resolución de 31 de enero de 2024, de la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones, por la que se aprueban los modelos destinados a la tramitación y declaración de las inversiones extranjeras en España y de las inversiones españolas en el exterior.
121 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 28

Jueves 1 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 13342

declarante por empresas no residentes pertenecientes a los grupos de los diferentes
titulares contemplados en el apartado 5.2.
La cantidad que aquí aparece deberá desglosarse en los casilleros 12.1 b) de las
distintas hojas D-4(T), con los importes imputables a cada sociedad del grupo al que
pertenece el titular reseñado en el casillero 10.1 de cada hoja D-4(T) correspondiente.
3.7

Financiación a sociedades titulares no residentes.

Se consignará el saldo vivo de las operaciones de financiación de cualquier
naturaleza e instrumentación (préstamos, adquisición de bonos u obligaciones, anticipos
reintegrables, deudas a corto y largo plazo, otros) concedida por la empresa española
declarante a las sociedades no residentes titulares de un 10 % o más del capital de dicha
empresa.
La cantidad que aquí aparece deberá desglosarse en los casilleros 12.2 a) de las
distintas hojas D-4(T), con los importes imputables a cada titular reseñado en el
casillero 10.1 de cada hoja D-4(T) correspondiente.
3.8

Financiación a otras empresas del grupo en el exterior.

Se consignará el saldo vivo de las operaciones de financiación de cualquier
naturaleza e instrumentación (préstamos, adquisición de bonos u obligaciones, anticipos
reintegrables, deudas a corto y largo plazo, otros) concedida por la empresa española
declarante a otras empresas no residentes de los grupos de los diferentes titulares
contemplados en el apartado 5.2.
La cantidad que aquí aparece deberá desglosarse en los casilleros 12.2 b) de las
distintas hojas D-4(T), con los importes imputables a cada sociedad del grupo al que
pertenece el titular reseñado en el casillero 10.1 de cada hoja D-4(T) correspondiente.
3.9

Resultado contable del ejercicio (después de impuestos):

Se consignará el resultado contable del ejercicio (pérdidas y ganancias) después de
impuestos, precedido del signo negativo (-) si se trata de pérdidas.
3.10

Resultado ordinario neto del ejercicio:

Se indicará el resultado ordinario del ejercicio entendiendo como tal la cantidad
resultante de sumar o restar las partidas que se detallan a continuación y que se
encuentran recogidas en la cuenta de pérdidas y ganancias del modelo oficial de las
cuentas anuales o en el modelo 200 del Impuesto de Sociedades, incluyendo con signo
positivo las partidas 40100, 40200, 40300, 40500 y 41400 y con signo negativo las
partidas 40400, 40600, 40700, 40800, 40900 y 41500 del modelo oficial de cuentas
anuales o con signo positivo las casillas 255, 258, 259, 265 y 297 y con signo negativo
las casillas 260, 270, 279, 284, 285 y 305 del modelo 200 del Impuesto de Sociedades.
Cuenta de Pérdidas y Ganancias
Modelo 200 Impuesto de Sociedades

Descripción

40100

255

1. Importe neto de la cifra de negocios

40200

258

2. Variación de existencias de productos terminados y en curso de

40300

259

3. Trabajos realizados por la empresa para su activo

40400

260

4. Aprovisionamientos

40500

265

5. Otros ingresos de explotación

40600

270

6. Gastos de personal

40700

279

7. Otros gastos de explotación

cve: BOE-A-2024-1977
Verificable en https://www.boe.es

Modelo Oficial Cuentas anuales