II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Funcionarios de los Subgrupos A1 y A2. (BOE-A-2024-1890)
Resolución de 22 de enero de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 28

Jueves 1 de febrero de 2024

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valoración de los méritos para cada puesto. En dichos listados se establecerá un periodo
de alegaciones de cinco días hábiles, a contar desde el día siguiente a su publicación.
Las alegaciones se dirigirán a través del registro electrónico común, encaminándose
al código electrónico DIR3 EA0041786, perteneciente a la Secretaría General del
Organismo Estatal de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Las puntuaciones provisionales se elevarán a definitivas automáticamente si no se
hubieran presentado alegaciones.
Resolución del concurso.

1. La convocatoria se resolverá por resolución del Ministerio en un plazo máximo de
seis meses, desde el día siguiente al de la finalización de la presentación de instancias, y
se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», salvo que concurran las circunstancias
expuestas en la base tercera, punto 2, en cuyo caso podrá procederse a la resolución
parcial de los puestos no afectados directa o indirectamente por estas circunstancias.
2. En la resolución, que deberá estar motivada en los términos del artículo 47.2 del
Reglamento aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se hará indicación
expresa del puesto de trabajo, localidad, órgano directivo y Departamento ministerial o
Administración Pública de cese de los participantes a quienes se les adjudique destino,
así como de su subgrupo de titulación. Se indicará la situación administrativa de
procedencia cuando participen desde una situación distinta a la de servicio activo.
3. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días
hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario o de la funcionaria, o de un
mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del
cese, que deberá efectuarse de oficio por el órgano competente dentro de los tres días
hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del
Estado». Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de
posesión deberá contarse desde dicha publicación.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos y
licencias que, en su caso, estén disfrutando las personas interesadas, salvo que por
causas justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.
No obstante, para el personal funcionario que se encuentre en licencia por
enfermedad o permiso del artículo 49 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, se diligenciará el cese y la toma de posesión en el nuevo destino sin
que por ello finalice la licencia o permiso que tenga concedido.
La persona titular de la Subsecretaría del Departamento donde presta servicios el
funcionario o funcionaria podrá, no obstante, diferir el cese por necesidades del servicio
debidamente motivadas, hasta veinte días hábiles, debiendo comunicarse a la Unidad a
la que haya sido destinado el funcionario o la funcionaria.
Excepcionalmente, a propuesta del Departamento por exigencias del normal
funcionamiento de los servicios, la Secretaría de Estado Función Pública podrá aplazar
la fecha del cese hasta un máximo de tres meses, computada la prórroga prevista en el
párrafo anterior. Para su concesión será necesario que el Departamento que lo solicita
emita informe motivado de la necesidad de dicho aplazamiento.
Con independencia de lo establecido en los párrafos anteriores, el Subsecretario del
Departamento donde haya obtenido nuevo destino el funcionario o la funcionaria podrá
conceder una prórroga de incorporación de hasta veinte días hábiles, si el destino
implica cambio de residencia y así lo solicita la persona interesada por razones
justificadas.
Undécima.

Destinos adjudicados.

Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo
de toma de posesión de este concurso, se hubiese obtenido otro destino por

cve: BOE-A-2024-1890
Verificable en https://www.boe.es

Décima.