II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia. (BOE-A-2024-1882)
Orden PJC/64/2024, de 25 de enero, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre, mediante oposición, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 1 de febrero de 2024

Sec. II.B. Pág. 12828

Ministerio, pero quieran ser examinadas en la localidad de Madrid, indicarán el código 98
Madrid- M. Justicia.
Las personas aspirantes que en su instancia de participación inicial no especifiquen
el ámbito territorial por el que concurren, u opten por un ámbito no convocado, no podrán
ser admitidas.
– Casillas 21 a 23: Aspirantes con discapacidad.
– Casilla 21: Grado de discapacidad. Las personas aspirantes con discapacidad
podrán indicar el grado de discapacidad que tengan reconocido, opten o no por el cupo
de discapacidad.
– Casilla 22: Cupo de reserva personas con discapacidad. Deberán marcar el valor
«SI» los aspirantes con grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento que
opten por las plazas del cupo de reserva para personas con discapacidad, según se
indica en la base 1.2 «Reserva discapacidad.»
– Casilla 23: Adaptación que solicita en caso de discapacidad. En este recuadro se
expresarán, en su caso, las adaptaciones de tiempo y medios que puedan requerir, a fin
de que el Tribunal cuente con la necesaria información para la adaptación de la
realización de los ejercicios. Se deberá aportar, además, un dictamen técnico facultativo
actualizado acerca de la procedencia de la adaptación solicitada, emitido por el órgano
técnico de valoración que determinó el grado de discapacidad, en el que conste
expresamente la adaptación que corresponde a la persona interesada en cada uno de
los ejercicios según sus circunstancias personales. Esta adaptación la pueden solicitar
todas las personas aspirantes con discapacidad con independencia de que accedan o no
por el cupo de discapacidad.
– Casilla 24. Titulación. Seleccione la titulación de acuerdo con lo establecido en la
convocatoria.
– Casilla 25. Acreditación de lengua autonómica y/o Derecho Civil Vasco. «Datos a
consignar según las bases de la convocatoria». Quienes deseen realizar las pruebas
optativas escribirán la palabra «Realiza» en el cuadro correspondiente al tipo de prueba,
quienes deseen acreditar documentalmente sus conocimientos escribirán «Documenta»
y quienes se acojan a ambos sistemas, en los términos de la convocatoria, indicarán
«Documenta y Realiza».
Pago y presentación. Una vez cumplimentada la solicitud se procederá al pago
electrónico y registro, según las instrucciones que se indican. En caso de que no se
pueda realizar el pago por no disponer de cuenta en cualquiera de las entidades
colaboradoras adheridas a la pasarela de pago de la Agencia Tributaria, o cuando resulte
imposible la inscripción electrónica por razones técnicas, se podrá realizar la
presentación y pago por transferencia la cuenta corriente código IBAN
ES06-0182-2370-4902-0020-3962 de manera excepcional, debiendo acreditar
documentalmente dicha imposibilidad.
– La constancia del correcto pago de la tasa estará avalada por el Número de
Referencia Completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante de
registro.
– Deberá disponer de un certificado electrónico, acceder al portal web del este
Ministerio, www.mjusticia.gob.es, dentro de la pestaña «Ciudadanos», sección «Empleo
Público», cuerpo Gestión y seguir las instrucciones previstas.
– Mediante esta opción se realizarán electrónicamente los trámites de
cumplimentación del formulario, pago y presentación en el Registro Electrónico de este
Ministerio.
– Como resultado se podrá descargar un documento con los comprobantes del pago
y del registro de la solicitud, firmado electrónicamente, que servirá de justificante de
haberlo realizado correctamente.
– La persona que solicita presentarse al proceso selectivo será quien deba realizar
el registro de su solicitud.
– Las solicitudes presentadas en el extranjero podrán cursarse a través de las
representaciones diplomáticas o consulares correspondientes. A las mismas se

cve: BOE-A-2024-1882
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 28