II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Militares de tropa y marinería. (BOE-A-2024-1797)
Resolución 452/38013/2024, de 26 de enero, de la Subsecretaría, por la que se aprueba el proceso de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación para incorporarse a las escalas de tropa y marinería.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 27
Miércoles 31 de enero de 2024
Sec. II.B. Pág. 12252
Los títulos, diplomas o estudios extranjeros deberán estar homologados a los títulos
españoles, al amparo de lo establecido en el Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre,
por el que se establecen las condiciones y los procedimientos de homologación, de
declaración de equivalencia y de convalidación de enseñanzas universitarias de
sistemas educativos extranjeros y por el que se regula el procedimiento para establecer
la correspondencia al nivel de Marco Español de Cualificaciones para la Educación
Superior de los títulos universitarios oficiales pertenecientes a ordenaciones académicas
anteriores, o conforme a lo establecido en el Real Decreto 104/1988, de 29 de enero,
sobre homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación no
universitaria.
Se tendrá en consideración el Real Decreto 1027/2011, de 15 de julio, por el que se
establece el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior con sus
modificaciones.
Las Tablas de Equivalencia contenidas en el Convenio Andrés Bello serán válidas, a
efectos de baremación, cuando el aspirante acredite poseer estudios de nivel superior a
Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y no alcancen a completar una titulación
determinada.
Estos requisitos se acreditarán mediante la presentación del certificado original y
copia, o copia electrónica auténtica, del título que se posea.
La puntuación máxima de los méritos generales y de los méritos académicos no será
superior a 36 puntos.
3.
a)
Tiempos de servicio. Méritos Militares (Fuerzas Armadas españolas)
Empleos alcanzados:
Haber sido Militar Profesional de Tropa y Marinería (MTM) con empleo de Cabo o
superior: 2 puntos.
Haber sido MTM con empleo de Soldado/Marinero: 1 punto.
Ser o haber sido Reservista Voluntario en cualquier categoría y empleo: 0,25 puntos.
b)
Recompensas:
Cruz del Mérito Militar, Naval o Aeronáutico con distintivo rojo: 2 puntos.
Cruz del Mérito Militar, Naval o Aeronáutico con distintivo azul o amarillo: 1,75
puntos.
Cruz del Mérito Militar, Naval o Aeronáutico con distintivo blanco: 1,5 puntos.
Citación como distinguido en la Orden General: 0,5 puntos.
Mención Honorífica: 0,25 puntos.
c)
Misiones fuera del territorio nacional y tiempo de servicio:
Por cada participación en misiones fuera del territorio nacional por un período igual o
superior a dos meses ininterrumpidos: 0,5 puntos.
Por cada año (o fracción) de servicio en las Fuerzas Armadas: 0,25 puntos.
cve: BOE-A-2024-1797
Verificable en https://www.boe.es
La puntuación máxima de los méritos militares no será superior a 4 puntos.
Núm. 27
Miércoles 31 de enero de 2024
Sec. II.B. Pág. 12252
Los títulos, diplomas o estudios extranjeros deberán estar homologados a los títulos
españoles, al amparo de lo establecido en el Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre,
por el que se establecen las condiciones y los procedimientos de homologación, de
declaración de equivalencia y de convalidación de enseñanzas universitarias de
sistemas educativos extranjeros y por el que se regula el procedimiento para establecer
la correspondencia al nivel de Marco Español de Cualificaciones para la Educación
Superior de los títulos universitarios oficiales pertenecientes a ordenaciones académicas
anteriores, o conforme a lo establecido en el Real Decreto 104/1988, de 29 de enero,
sobre homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación no
universitaria.
Se tendrá en consideración el Real Decreto 1027/2011, de 15 de julio, por el que se
establece el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior con sus
modificaciones.
Las Tablas de Equivalencia contenidas en el Convenio Andrés Bello serán válidas, a
efectos de baremación, cuando el aspirante acredite poseer estudios de nivel superior a
Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y no alcancen a completar una titulación
determinada.
Estos requisitos se acreditarán mediante la presentación del certificado original y
copia, o copia electrónica auténtica, del título que se posea.
La puntuación máxima de los méritos generales y de los méritos académicos no será
superior a 36 puntos.
3.
a)
Tiempos de servicio. Méritos Militares (Fuerzas Armadas españolas)
Empleos alcanzados:
Haber sido Militar Profesional de Tropa y Marinería (MTM) con empleo de Cabo o
superior: 2 puntos.
Haber sido MTM con empleo de Soldado/Marinero: 1 punto.
Ser o haber sido Reservista Voluntario en cualquier categoría y empleo: 0,25 puntos.
b)
Recompensas:
Cruz del Mérito Militar, Naval o Aeronáutico con distintivo rojo: 2 puntos.
Cruz del Mérito Militar, Naval o Aeronáutico con distintivo azul o amarillo: 1,75
puntos.
Cruz del Mérito Militar, Naval o Aeronáutico con distintivo blanco: 1,5 puntos.
Citación como distinguido en la Orden General: 0,5 puntos.
Mención Honorífica: 0,25 puntos.
c)
Misiones fuera del territorio nacional y tiempo de servicio:
Por cada participación en misiones fuera del territorio nacional por un período igual o
superior a dos meses ininterrumpidos: 0,5 puntos.
Por cada año (o fracción) de servicio en las Fuerzas Armadas: 0,25 puntos.
cve: BOE-A-2024-1797
Verificable en https://www.boe.es
La puntuación máxima de los méritos militares no será superior a 4 puntos.