II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Militares de tropa y marinería. (BOE-A-2024-1797)
Resolución 452/38013/2024, de 26 de enero, de la Subsecretaría, por la que se aprueba el proceso de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación para incorporarse a las escalas de tropa y marinería.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 27

Miércoles 31 de enero de 2024

Sec. II.B. Pág. 12228

Conejo García y Teniente del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra don
Severo Viñuales Taboada.
6.2.c) Secretaria: Comandante del Cuerpo General del Ejército de Tierra doña
Laura Aliaga Jarabo.
6.2.d) Vocales suplentes: Coronel del Cuerpo General del Ejército de Tierra don
Francisco Javier Calzado Domínguez, Teniente Coronel del Cuerpo General de las
Armas del Ejército de Tierra don Víctor Manuel Viera Socorro y Brigada del Cuerpo
General del Ejército de Tierra don Carlos Alonso Parra.
6.3 Dependiente de la Comisión Permanente de Selección se constituirá una
secretaría compuesta por el personal administrativo y de apoyo necesario para la
realización del proceso de selección y podrá requerir la incorporación a sus trabajos de
asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas selectivas.
6.4 La Comisión Permanente de Selección estará apoyada por los Centros de
Selección de las Áreas de Reclutamiento de las Subdelegaciones de Defensa en los que
se realicen las pruebas selectivas.
6.5 Corresponde a la Comisión Permanente de Selección realizar los siguientes
cometidos:
6.5.a) Dirigir y coordinar el desarrollo del proceso de selección en todos los Centros
de Selección de las Áreas de Reclutamiento.
6.5.b) Coordinar, de acuerdo con las necesidades de los Ejércitos y la Armada, la
oferta de plazas correspondiente al ciclo de selección número 2.
6.5.c) Verificar el cálculo de las puntuaciones de concurso, de acuerdo con la
valoración de los méritos establecidos en el apéndice 8.
6.5.d) Verificar la obtención de las puntuaciones de la oposición.
6.5.e) Verificar la puntuación final obtenida por cada solicitante.
6.5.f) Determinar las personas solicitantes que serán propuestos para ser
nombrados aspirantes seleccionados para cada plaza ofertada.
6.5.g) Resolver sobre la solicitud de revisión de la calificación de «No Apto» o «No
Apto Permanente» en el reconocimiento médico que las personas solicitantes puedan
ejercitar.
6.5.h) Resolver sobre la aptitud física de las solicitantes a que se refiere la
sección 5.ª del capítulo II del Reglamento de ingreso y promoción en las Fuerzas
Armadas.
6.5.i) Resolver sobre la solicitud de revisión de la no concesión de cita previa.
6.5.j) Resolver sobre las solicitudes de revisión o alegaciones presentadas ante las
incidencias que se produzcan durante el proceso selectivo.
6.6 Los Centros de Selección de las Áreas de Reclutamiento
Subdelegaciones de Defensa realizarán las pruebas selectivas.

de

las

La realización de las pruebas del proceso de selección de cada uno de los ciclos de
selección indicados en el apéndice 1 será responsabilidad de las Áreas de
Reclutamiento con dependencia orgánica de las Subdelegaciones de Defensa y
funcional de la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar, se llevará a
cabo en los Centros de Selección correspondientes y en las instalaciones militares que
estos determinen. Constará de las siguientes fases:
7.1

Fase primera. Durante esta fase se realizará:

7.1.a) El Concurso. Consistirá en la valoración de los méritos generales,
académicos y militares que acrediten las personas solicitantes, de acuerdo con el
baremo del apéndice 8. El resultado constituye la puntuación de concurso (NCo).

cve: BOE-A-2024-1797
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7. Fases del proceso de selección