III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Patrimonio cultural inmaterial. (BOE-A-2024-1861)
Real Decreto 134/2024, de 30 de enero, por el que se declara la Zarzuela como Manifestación Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 27

Miércoles 31 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 12725

sociedad apropia como seña de identidad, trascendiendo lo puramente musical. La Zarzuela
se convierte así en un género que, pese a tener un origen culto, mantiene una relación de
ida y vuelta con la sociedad, entre inspiraciones y resultados musicales, que ha sido
constante sobre todo desde su popularización en el siglo XIX hasta nuestros días.
El interés en declarar la Zarzuela como Manifestación Representativa del Patrimonio
Cultural Inmaterial viene justificado por su valor musical intrínseco, que la ha convertido
en un elemento identitario del imaginario sonoro de ciertos territorios. Además de este
valor musical, ha pasado a formar parte del imaginario colectivo nacional a través de sus
personajes, melodías y textos, muchos de los cuales se han acabado convirtiendo en
expresiones, dichos, refranes populares, etc., trascendiendo el ámbito escénico.
La Zarzuela, sin embargo, se enfrenta a múltiples riesgos y amenazas, como la
escasez de obras contemporáneas, el problema en el relevo de intérpretes, el
envejecimiento de la edad media del público y la dificultad en atraer a las nuevas
generaciones, así como la escasa representación de zarzuelas dentro de los ciclos
musicales. Su declaración como Manifestación Representativa del Patrimonio Cultural
Inmaterial de España puede contribuir a su consideración social y el interés del público
general, y a su salvaguarda frente a los riesgos a los que continuamente se enfrenta.
Artículo 3.

Descripción complementaria.

La descripción complementaria de la manifestación a que se refiere el presente real
decreto consta en la documentación obrante en el expediente.
Artículo 4.

Publicidad.

La Declaración de Manifestación Representativa de Patrimonio Cultural Inmaterial
tendrá efectos a partir de la fecha de publicación del presente real decreto en el «Boletín
Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 30 de enero de 2024.
FELIPE R.
El Ministro de Cultura,

cve: BOE-A-2024-1861
Verificable en https://www.boe.es

ERNEST URTASUN DOMÈNECH

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X