III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Comunidades autónomas. Convenio. (BOE-A-2024-1761)
Resolución de 3 de enero de 2024, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, la Universitat de València, la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria "Marqués de Valdecilla", la Entidad de Gestión de Derechos de los Productores Audiovisuales, la Universitat Rovira i Virgili y la Fundación Hay Derecho, para impulsar la implementación de la carta de derechos digitales en el ámbito de entornos específicos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 26

Martes 30 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 11627

Y de otra parte la entidad pública empresarial Red.es, M.P. (en adelante, «Red.es»),
con domicilio en Madrid, plaza de Manuel Gómez Moreno, s/n, código postal 28020 y
CIF Q2891006-E, representada por su Director General don Jesús Herrero Poza,
nombrado por el Consejo de Administración en su sesión de 28 de noviembre de 2023 y
facultado para este acto en virtud de las facultades delegadas a su favor de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 14.1.k) del Real Decreto 164/2002, de 8 de febrero, por el que
se aprueba el Estatuto de Red.es, que tendrá la consideración de «Encargado del
Tratamiento» (en adelante, «Red.es» o «Encargado de Tratamiento»).
EXPONEN
I. Que las Partes suscriben el Convenio entre la Entidad Pública Empresarial
Red.es, M.P. y la Agrupación de Entidades formada por la Universidad del País
Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea (UPV/EHU), la Universitat de València, la Fundación
Instituto de Investigación Sanitaria «Marqués de Valdecilla», la Entidad de Gestión de
Derechos de los Productores Audiovisuales (EGEDA), la Universitat Rovira i Virgili, y la
Fundación Hay Derecho, para impulsar la implementación de la Carta de Derechos
Digitales en el ámbito de entornos específicos, al que este acuerdo va anexo.
Para la ejecución del convenio, Red.es debe recabar o acceder a datos personales
de los que las Entidades Solicitantes son Responsables.
II. Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28 del Reglamento (EU)
2016/679 («RGPD»), las Entidades Solicitantes, como responsables del tratamiento (el
«Responsable») y Red.es, como encargado del tratamiento (el «Encargado»), han
convenido suscribir el presente acuerdo de encargo de tratamiento de datos de carácter
personal (el «Acuerdo»), que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
1.

Objeto del encargo del tratamiento.

1.1 El presente acuerdo tiene como fin la regulación del tratamiento de datos
realizado al amparo del expositivo primero por parte de Red.es para la gestión de las
actuaciones señaladas, gestión de los proveedores necesarios para la realización de
las actividades cofinanciadas según lo establecido en el expositivo primero mediante
licitación o concurso público convocado directamente por Red.es.
1.2 El tratamiento podría consistir en, sin ánimo de ser exhaustivos, la recogida,
estructuración, conservación, consulta, cotejo, comunicación, supresión y cuantos tratamientos
sean necesarios para la prestación del servicio indicado en el convenio.
1.3 Cualquier tipo de tratamiento que no esté expresamente relacionado con las
actuaciones contempladas en el convenio de colaboración o en el punto 1.1, no forma
para del alcance del presente acuerdo, salvo pacto previo expreso y escrito de las
Partes.
Identificación de la información afectada.

Para la ejecución de las prestaciones derivadas del cumplimiento del objeto del
presente encargo, las Entidades Solicitantes, pondrá a disposición del Encargado
la información necesaria para la realización de las actividades referenciadas en el
apartado 1.1, siendo habitualmente datos de colaboradores, expertos, investigadores,
personal técnico y de apoyo, relacionados con las actividades de tratamiento declaradas
en:
– Babestu-Protección de datos-Secretaría General-UPV/EHU y con vinculación
laboral con la Universidad del País Vasco como Entidad Solicitante.
– Delegación (uv.es) y con vinculación laboral con la Universidad de Valencia como
Entidad Solicitante.

cve: BOE-A-2024-1761
Verificable en https://www.boe.es

2.