III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Comunidades autónomas. Convenio. (BOE-A-2024-1761)
Resolución de 3 de enero de 2024, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, la Universitat de València, la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria "Marqués de Valdecilla", la Entidad de Gestión de Derechos de los Productores Audiovisuales, la Universitat Rovira i Virgili y la Fundación Hay Derecho, para impulsar la implementación de la carta de derechos digitales en el ámbito de entornos específicos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 26

Martes 30 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 11618

y las partes interesadas con el máximo impacto posible. Entre otras actuaciones,
se contemplan las siguientes:
a. Elaborar un Plan de Comunicación en el que se incluya la creación de material
y piezas de difusión de las actividades que se realicen.
b. Elaborar una página web del proyecto, así como redes sociales específicas.
c. Organizar debates y eventos de difusión sobre los resultados del proyecto
obtenidos.
d. Publicar artículos divulgativos sobre los diversos ámbitos específicos en prensa
generalista.
e. Organizar eventos de difusión del resultado obtenido por las actuaciones
vinculadas al Convenio.
Tercera.
1.

Obligaciones de las Partes.

Obligaciones comunes a las Partes.

Todas las Partes se obligan a:
a. Aportar los recursos, humanos y materiales necesarios para el buen desarrollo y
coordinación de las actividades descritas en la cláusula segunda del presente convenio.
b. Colaborar en la recogida de toda la información que sea necesaria para
la adecuada ejecución del convenio, así como a recopilar y proporcionar toda esta
información y facilitarla para contribuir al desarrollo del convenio.
c. Designar internamente un/a responsable del convenio como punto de contacto
prioritario con las otras Partes, sin perjuicio de los vocales designados para la Comisión
de Seguimiento prevista en la cláusula séptima.
d. Participar activamente en las reuniones y encuentros que se celebren, atender a
cualquier duda o petición de información sobre el desarrollo de las actuaciones y ayudar
a supervisar el cumplimiento de los hitos, tanto los intermedios como los de entrega de
resultados.
e. Incluir los logotipos institucionales de las Partes del convenio, así como de los
fondos europeos, en toda la documentación y contenido audiovisual que se genere y
publique en virtud del convenio.
2.

Obligaciones específicas de Red.es.

a. Aportar la financiación prevista en la cláusula cuarta.
b. Celebrar encuentros del Equipo de Trabajo, junto con representantes del Grupo
de Entidades, para planificar el trabajo de cada año de vigencia del convenio según lo
ejecutado en el año anterior
c. Promover la difusión de las piezas de comunicación elaboradas por el Grupo
de Entidades, a tenor de los compromisos adquiridos por presente convenio.
d. Participar en eventos, foros de debate y congresos elaborados con motivo
del cumplimiento de los objetivos previstos en el convenio.
e. Comunicar los avances, logros y resultados que se vayan alcanzando, a través
de la página web de Red.es/ONTSI, en redes sociales y otros canales y plataformas que
permitan mostrar de forma abierta y transparente las actividades que se están llevando a
cabo, y conduzcan de forma sencilla a los interesados, a los recursos producidos que
puedan ser consultados y utilizados.
f. Asegurar la unificación de imagen digital y no digital en cuanto a la difusión de las
actuaciones previstas en los convenios derivados de la Invitación (C046/22-OT).
g. Elaborar, revisar y aprobar los documentos relacionados con la situación actual
de los Derechos Digitales en cada ámbito.

cve: BOE-A-2024-1761
Verificable en https://www.boe.es

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