III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2024-1753)
Resolución de 29 de diciembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 21 de diciembre de 2021, modificado por Acuerdo de 29 de diciembre de 2023, por el que se fijan los criterios de distribución, así como el reparto resultante para las comunidades autónomas, del crédito destinado a la financiación de actuaciones de inversión por parte de entidades locales en el marco del Componente 14 Inversión 1 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 30 de enero de 2024

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aplicación, los umbrales mínimos de inversión, el procedimiento de presentación de las
propuestas y las reglas para su aprobación, ejecución y justificación.
De esta forma, de acuerdo con el Programa de Planes de Sostenibilidad Turística en
Destino, las Comunidades Autónomas presentan los distintos Planes Territoriales de
Sostenibilidad Turística en Destinos (en adelante, Planes Territoriales). Los Planes
Territoriales se elaboran mediante un proceso participativo y de colaboración entre las
tres administraciones públicas competentes y los diferentes actores públicos y privados
del ecosistema turístico del destino.
La ejecución de los créditos consignados para las líneas de inversión citadas está
sujeta a lo establecido en el artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, que
regula los créditos gestionados por las Comunidades Autónomas.
No obstante, dado que las líneas de inversión reseñadas anteriormente serán
financiadas con cargo al PRTR, les serán de aplicación las especialidades previstas en el
artículo 44 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban
medidas urgentes para la modernización de la Administración pública y para la ejecución
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Aplicación presupuestaria: El Programa Extraordinario de Sostenibilidad Turística en
Destinos 2021-2023 se financia con cargo al presupuesto adjudicado a la submedida 2
de la inversión 1 del Plan de Modernización y Competitividad del Sector Turístico,
componente 14 del PRTR.
El importe total de los créditos a distribuir en 2021 asciende a 615.000.000 euros, y
se realizará por parte de la Secretaría de Estado de Turismo con cargo a la aplicación
presupuestaria 20.50.04.430A.758 y crédito del servicio 50 «Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia» del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo para el
ejercicio presupuestario 2021.
Objetivo: El objetivo perseguido por la presente distribución territorial de créditos
relativos a la línea de inversión C14.I1 es implementar actuaciones de impulso de la
sostenibilidad turística contempladas en la submedida 2: los Planes de Sostenibilidad
Turística en Destinos, en su triple vertiente: medioambiental, socioeconómica y territorial,
a fin de beneficiar a los destinos turísticos, a los agentes sociales y a los operadores
privados del sector.
Tal y como establece la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación
de la evaluación del PRTR de España (CID, en sus siglas en inglés), la inversión 1.2 del
Componente 14 (C14.I1.2) será ejecutada por las entidades locales y las Comunidades
Autónomas e incluye los siguientes objetivos:
– Objetivo n.º 217 del CID: Cuarto trimestre 2021: Publicación en el BOE de la
adjudicación a las Entidades Locales de ayuda para la aplicación de los «Planes
Territoriales de Sostenibilidad Turística en Destinos», por un importe mínimo
de 561.000.000 EUR, de los cuales, el 35 % se destinará a medidas que aborden la
transición verde, la sostenibilidad y la eficiencia energética/electromovilidad en los
destinos.
Los criterios de selección garantizarán el cumplimiento de la guía técnica sobre la
aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18 de
febrero de 2021, p. 1), de una lista de exclusiones y del acervo medioambiental
pertinente de la UE y nacional. Los criterios de selección deberán garantizar que, del
presupuesto total definitivo concedido para financiar la medida, 359.000.000 EUR, como
mínimo, contribuyan al cumplimiento de los objetivos relacionados con el cambio
climático con un coeficiente climático del 100 %, y 519.000.000 EUR, como mínimo, a los
relacionados con un coeficiente climático del 40 %, de conformidad con el anexo VI del
Reglamento (UE) 2021/241 sobre el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Como
alternativa, los criterios de selección garantizarán que al menos 1.788,6 millones EUR
contribuyan a los objetivos relacionados con el cambio climático con, en promedio, un
coeficiente climático de al menos el 31,7 %, de conformidad con el anexo VI del
Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo. Este porcentaje

cve: BOE-A-2024-1753
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Núm. 26