III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-1747)
Resolución de 24 de enero de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio entre el Instituto de Estudios Fiscales, O.A., y la Fundación EOI, F.S.P., para la organización y el desarrollo de la formación en competencias digitales dentro del marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 26

Martes 30 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 11398

4. Cuarto pago: durante el primer trimestre de 2024 el IEF tramitará el pago
de 226.242,55 euros (25 % de 904.970,20 €) una vez que estén preparados y en
condiciones de iniciarse los cursos para las nuevas promociones incorporadas al
convenio mediante la presente adenda, previa presentación por la EOI de la
correspondiente nota de cargo, así como de la Memoria de las actividades realizadas
hasta la fecha.
5. Quinto pago: el IEF tramitará antes del 30 de septiembre de 2024, el pago
de 107.580 euros, previa presentación por la EOI de la correspondiente justificación de
los gastos. Este pago se corresponde con los cursos finalizados correspondientes al
convenio modificado mediante adenda.
6. Sexto pago: antes del 15 de diciembre de 2024 el IEF tramitará el pago
de 226.242,55 euros (el 25 % de 904.970,20 €), previa presentación por la EOI de la
correspondiente nota de cargo, así como de la Memoria de las actividades realizadas
hasta la fecha.
7. Séptimo pago: durante el primer trimestre de 2025 el IEF tramitará el pago
de 180.994,04 euros (20 % de 904.970,20 €) por la preparación y revisión de contenidos
para la realización de los cursos de dicho año, previa presentación por la EOI de la
correspondiente nota de cargo, así como de la Memoria de las actividades realizadas
hasta la fecha.
8. Octavo pago: antes del 30 de junio de 2025 el IEF tramitará el pago de
hasta 45.248,51 euros (el 5 % de 904.970,20 €) por la liquidación de todas las
actuaciones de los cursos de 2024, previa presentación de la correspondiente
justificación de los gastos por parte de la EOI.
9. Noveno pago: antes del 15 de diciembre de 2025 el IEF tramitará el pago de
hasta 226.242,55 euros (el 25 % restante 904.970,20 €), por la liquidación de todas las
actuaciones de los cursos de 2025, previa presentación de la correspondiente
justificación de los gastos por parte de la EOI.
b) Pagos correspondientes a los Objetivos 2, 3 y 4: Se mantienen invariables los
pagos previstos en el convenio para estos objetivos.
Cuarta.

Eficacia y duración.

La presente Adenda se perfecciona con la prestación del consentimiento de las
partes y resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su
formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del Sector Público Estatal. Asimismo, será publicada en el plazo de diez
días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».
Las Partes declaran el carácter modificativo y no extintivo de la presente Adenda en
relación con el convenio, quedando subsistente en todo lo no previsto expresamente en
esta Adenda lo dispuesto en él, y formando el presente documento parte integrante e
inseparable de dicho convenio.

cve: BOE-A-2024-1747
Verificable en https://www.boe.es

De conformidad con lo expuesto, en el ejercicio de las atribuciones de que son
titulares, los firmantes suscriben la presente Adenda de forma electrónica.–El Director
General del Instituto de Estudios Fiscales, Alain Cuenca García.–El Director General de
la Fundación EOI, F.S.P., Juan Ignacio Díaz Bidart.