III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-1647)
Resolución de 24 de enero de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, la Mutualidad General Judicial y el Servicio Madrileño de Salud, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 25

Lunes 29 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 10704

Para el año 2024 procede actualizar el anexo II, y respecto al anexo I se mantienen
las mismas localidades que en el vigente en el año 2023.
Cuarto.
Por su parte, la cláusula décima permite la modificación del contenido del Convenio
por mutuo acuerdo de las partes.
Por lo expuesto anteriormente, las partes suscriben la presente adenda de actualización
del anexo II del Convenio, de acuerdo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto de la Adenda.

Se actualiza para 2024 el anexo II del Convenio entre la Mutualidad General de
Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, la Mutualidad
General Judicial y el Servicio Madrileño de Salud para la prestación en zonas rurales de
determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a
entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades, en base
al número de mutualistas y beneficiarios residentes en cada municipio del anexo I, a fecha
de 1 de mayo del 2023. El resto del Convenio permanecerá con el mismo contenido.
Segunda.

Anexos.

El anexo II actualizado para 2024 es el que se anexa a este documento. El anexo II
contiene el coste mensual para el año 2024, calculado en base el número de mutualistas
y beneficiarios residente en los municipios del anexos I a fecha 1 de mayo de 2023.
Aunque el anexo I no ha sufrido ninguna modificación, se incluye en esta Adenda en
aras de facilitar la difusión del contenido del mismo para facilitar su aplicación.
Tercera.

Eficacia y publicación.

La presente Adenda se perfecciona por la prestación del consentimiento de las
partes, y adquirirá eficacia el 1 de enero de 2024, una vez inscrita en el Registro
Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal
de conformidad con lo establecido en el artículo 48.8 y en la disposición adicional
séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
Estatal. Asimismo, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» y en «Boletín Oficial
de la Comunidad de Madrid».

Los firmantes se comprometen a informar adecuadamente a sus representados del
acuerdo alcanzado para facilitar la aplicación del mismo.
Y, en prueba de conformidad con el contenido de la presente adenda, las partes la
firman electrónicamente, en el lugar donde se encuentran sus respectivas sedes,
entendiéndose que el día de su firma es aquel en que la misma sea suscrita por el último
de los firmantes.
La Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado,
Myriam Pallarés Cortón.–El Secretario General Gerente del Instituto Social de las
Fuerzas Armadas, José Javier Rodrigo de Azpiazu.–El Gerente de la Mutualidad General
Judicial, José Juan Tomás Porter.–La Viceconsejera de Sanidad y Directora General del
Servicio Madrileño de Salud, Laura Gutiérrez Barreno.

cve: BOE-A-2024-1647
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta. Información.