III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2024-1657)
Resolución de 24 de enero de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Jaén, para el desarrollo de prácticas académicas externas de sus estudiantes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 25

Lunes 29 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 10768

ANEJO
De conformidad con el convenio para el desarrollo de prácticas académicas externas de
sus estudiantes de fecha XX de XXXXXXX de 20XX suscrito entre el Ministerio del Interior y
la Universidad para la realización de prácticas académicas externas curriculares y
extracurriculares, no remuneradas, en el Ministerio del Interior, los comparecientes establecen
el Programa de Prácticas que se recoge en el presente anejo. Cualquier cambio en los datos
recogidos en este documento, deberá realizarse por escrito.
ESTUDIANTE:
DNI, PASAPORTE (O DOCUMENTO ANÁLOGO):
TITULACIÓN:
CURSO:
ESPECIALIDAD:
LUGAR DONDE SE REALIZAN LAS PRÁCTICAS:
TUTOR DEL MINISTERIO DEL INTERIOR:
TUTOR ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD:
TIPO DE PRÁCTICAS:
CURRICULARES .......................... EXTRACURRICULARES .................................
GRADO ........................................ POSGRADO ........................................................
TRABAJOS DE FIN DE GRADO (TFG):
TRABAJOS DE FIN DE MÁSTER (TFM):
PERIODO:
FECHA DE INICIO:
FECHA DE FINALIZACIÓN:
HORAS AL DÍA:
DÍAS DE LA SEMANA:
PROYECTO FORMATIVO: (detallar objetivos educativos y actividades a desarrollar)
RÉGIMEN DE PERMISOS:
El estudiante tendrá derecho al régimen de permisos que le permita compatibilizar
las prácticas con su actividad académica y formativa.
SEGUROS:
Con anterioridad al inicio de la práctica y de la firma del anejo, la Universidad, o el
estudiante aportará fotocopia del certificado de los seguros correspondientes, que se
adjuntarán al presente anejo.
El Ministerio del Interior se reserva la facultad de rescindir la estancia del estudiante
en cualquier momento que este no respete lo previsto en el presente anejo, las normas
fijadas por el Ministerio relativas a horarios, normas de funcionamiento, seguridad y
prevención de riesgos laborales, así como cuando a su juicio, la conducta o actuación
del estudiante resulte, por causas imputables al mismo, ineficaz o perjudicial para los
intereses y buen nombre del Ministerio del Interior.

El estudiante deberá guardar con absoluto rigor el secreto profesional y no utilizar en
ningún caso las informaciones recogidas en el Ministerio del Interior con el objeto de dar
publicidad o comunicación a terceros. Este compromiso será válido no sólo durante la
práctica, sino una vez finalizada ésta.
El/la estudiante

Por el Ministerio del Interior
Fecha:

https://www.boe.es

Fecha:

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Por la Universidad
Fecha:

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2024-1657
Verificable en https://www.boe.es

CONFIDENCIALIDAD: