III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-1667)
Resolución de 23 de enero de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Mejora de la seguridad de las comunicaciones en la Red Básica de Gaseoductos (R.B.G.). Gaseoducto Tarifa-Córdoba: Tramo entre posiciones K-01 y K-02, en Tarifa (Cádiz)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 29 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 10959

Las márgenes, una vez finalicen las obras, serán restauradas. En la Adenda presentada por
el promotor, se prohíbe expresamente la tala o poda de árboles u otra vegetación de ribera.
La Dirección General de Recursos Hídricos de la Junta de Andalucía además de los
cursos citados, indica la existencia de un cauce innominado afectado por el trazado del
tramo de mejora propuesto, hacia el sur del arroyo del Candalar, no citado en el
documento ambiental. De igual manera, informa que se ha realizado la delimitación del
Dominio Público Hidráulico (en adelante DPH), así como de la zona de servidumbre y de
la zona de policía asociadas al citado arroyo, por lo que deberá ser tenida en
consideración por el promotor para la elaboración del proyecto de ejecución. Esta
cuestión es asumida por el promotor, que se compromete a incorporar al proyecto
constructivo las zonas de afección de todos los cursos hídricos afectados por la
actuación, incluido el arroyo innominado: DPH, zona de servidumbre y zona de policía.
De igual modo, el promotor se compromete a obtener las correspondientes
autorizaciones, previas a la ejecución de los trabajos, para realizar cualquier actuación
en las zonas de afección de dichos cursos hídricos.
La Dirección General de Recursos Hídricos de la Junta de Andalucía incluye en su
informe una serie de preceptos relativos a las obras de cruce de los cauces, que también
han sido asumidos por el promotor en la Adenda. Además, indica que el promotor deberá
elaborar un plan de medidas de protección del paisaje fluvial de los cauces afectados por
la actuación, enfocado a favorecer las condiciones ambientales del lugar. El plan incluirá
actuaciones de consolidación del terreno en las riberas y en las márgenes que impidan
su erosión, evitando aportes de materiales al DPH que pudieran provocar su colmatación
aguas abajo de la zona de actuación, mejorando las funciones ecológicas, hidrológicas y
paisajísticas del cauce, siendo recomendable a tal efecto la revegetación de las riberas
con especies autóctonas adecuadas. Dicho plan será remitido por el promotor a la
Administración Hidráulica de la Junta de Andalucía para su aprobación antes del inicio
de las obras. El promotor, en la Adenda presentada, se compromete a cumplir estas
condiciones, aunque remarca que la ejecución del proyecto no causará ninguna
modificación en los cauces hídricos afectados.
Asimismo, el trasiego de la maquinaria y los movimientos de tierra en las
proximidades de los arroyos puede conllevar la remoción de fangos y materiales sueltos
en el lecho de los cursos de agua y, en consecuencia, el arrastre de materiales,
provocando un descenso de la calidad fisicoquímica del agua, un aumento de la turbidez,
la resuspensión de contaminantes sedimentados en el lecho, redistribución de nutrientes,
etc. El promotor indica que este impacto sobre los cauces será de carácter temporal,
ciñéndose al tiempo de ejecución de los trabajos. El impacto se califica como compatible.
Durante el movimiento de tierras se establecerán medidas para la retención de sólidos,
como ubicación de elementos especiales a 50 m aguas abajo del punto de cruce, para
evitar el incremento de sólidos en suspensión en el agua
Respecto a otro tipo de impactos, como derrames o vertidos accidentales, se
consideran con baja probabilidad de ocurrencia. En todo caso, se extremarán las
precauciones en el tratamiento de los combustibles y aceites de la maquinaria pesada y
se prohibirá la limpieza de material de obra en las cercanías de los arroyos. Los
materiales sobrantes, sólidos y líquidos, se almacenarán de forma segura y por separado
en un área impermeabilizada y con una arqueta perimetral para que impida la
escorrentía de los líquidos, de modo que sean reciclados o recogidos por un gestor
autorizado para su posterior tratamiento. Adicionalmente, la Adenda establece la
prohibición de ubicar las plantas de acopios en la zona de servidumbre de los cauces,
así como la retirada de todos los materiales sobrantes una vez finalicen las obras.
La afección a las aguas subterráneas se estima como de escasa probabilidad por la
poca profundidad de la zanja (1 m).
Efectos sobre la vegetación y Hábitats de Interés Comunitario.
De acuerdo con el documento ambiental, la afección a la vegetación y a los hábitats
de interés comunitario se circunscribe a la superficie ocupada por la pista de 4 m de

cve: BOE-A-2024-1667
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Núm. 25