III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2024-1669)
Resolución de 19 de enero de 2024, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Asociación de Amigos Canarios de la Ópera, para la organización de prácticas para alumnos del Centro de Tecnología del Espectáculo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 25

Lunes 29 de enero de 2024
Segunda.

Sec. III. Pág. 10973

Compromisos del INAEM.

El INAEM, en relación con las prácticas externas, asume los siguientes
compromisos:
1. Seleccionar, conforme a la formación adquirida, la aptitud mostrada y la
capacidad de tutorización efectiva de la contraparte, el alumnado para las prácticas. A tal
efecto, el número de personas en prácticas no excederá, en ningún caso, de doce por
área de especialización. Igualmente, el INAEM establecerá los sistemas de evaluación
adecuados a las prácticas externas y a los estudiantes que en ellas participen.
2. Nombrar un tutor formativo como guía y asesor, que se responsabilice de la
correcta ejecución de las prácticas, así como de evaluar el desempeño del alumno.
3. Asegurar cualquier eventual daño a bienes o a terceros que se produjera como
resultado directo de la actividad de los alumnos, a través de una póliza del CTE.
4. Informar a los estudiantes que participen en el proceso formativo de los
compromisos que adquieren en virtud del presente convenio.
Tercera.

Compromisos de la Asociación de Amigos Canarios de la Ópera.

La Asociación de Amigos Canarios de la Ópera, en relación a las prácticas externas,
asume los siguientes compromisos:
1. Supervisar el desarrollo del proceso formativo, aplicando los mecanismos de
evaluación fijados por el CTE.
2. Nombrar un tutor formativo que asuma el asesoramiento metodológico y técnico
del estudiante, así como el proceso de evaluación.
3. Supervisar en todo momento las actividades de los estudiantes a través de un
técnico competente. Los alumnos en prácticas no sustituirán en ningún caso al personal
competente apto para la realización de las tareas en las que intervengan, ni asumirán
responsabilidades profesionales de manera no tutorizada.
4. Informar a los estudiantes de los sistemas de seguridad y prevención de riesgos
laborales aplicables a los procedimientos que deba poner en práctica el estudiante.
Cuarta.

Derechos y deberes de los estudiantes en prácticas.

– A la tutela, durante todo el período de duración de las prácticas, por un responsable del
CTE y por un profesional de la Asociación de Amigos Canarios de la Ópera.
– A la evaluación de su desempeño de acuerdo con los criterios establecidos por el CTE.
– A la obtención de un informe de la actividad desarrollada, especificando su
duración y rendimiento.
– A ser informado en todo momento de la normativa de seguridad y prevención de
riesgos laborales.
– A conciliar, en el caso de los estudiantes con algún tipo de discapacidad, la
realización de las prácticas con aquellas actividades y situaciones personales derivadas
o conectadas con la situación de discapacidad.
– Aquellos otros derechos previstos en la normativa vigente o en este convenio.
Asimismo, los estudiantes quedarán sujetos al cumplimiento de las siguientes
obligaciones:
– Aprovechar al máximo las posibilidades de práctica y formación que las partes les
brindan, cumpliendo con diligencia el proyecto formativo de las prácticas y siguiendo las
indicaciones de los tutores asignados por INAEM y la Asociación de Amigos Canarios de
la Ópera.

cve: BOE-A-2024-1669
Verificable en https://www.boe.es

Durante la realización de las prácticas académicas externas, los estudiantes tendrán
los siguientes derechos: