III. Otras disposiciones. ADMINISTRACIÓN LOCAL. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2024-1686)
Resolución de 18 de enero de 2024, del Consejo Insular de Mallorca (Illes Balears), referente a la incoación del expediente de declaración como bien de interés cultural, con categoría de monumento, de la Casa Huarte, en el término municipal de Pollença.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 25

Lunes 29 de enero de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

ADMINISTRACIÓN LOCAL
1686

Resolución de 18 de enero de 2024, del Consejo Insular de Mallorca (Illes
Balears), referente a la incoación del expediente de declaración como bien de
interés cultural, con categoría de monumento, de la Casa Huarte, en el
término municipal de Pollença.

En la sesión del día 19 de diciembre de 2023, la Comisión Insular de Patrimonio
Histórico de Mallorca, acordó, entre otros, lo siguiente:
«I. Incoar el expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría
de monumento, el inmueble conocido como Casa Huarte, situada en Formentor,
Pollença, de acuerdo con las consideraciones contenidas en el informe técnico de día 13
de noviembre de 2023, que se adjunta y forma parte integrante del presente acuerdo,
dejando sin efecto el anterior acuerdo de la Comisión Insular de Patrimonio Histórico
de 24 de octubre de 2023.
II. Suspender la tramitación de las licencias municipales de parcelación, edificación
o derribo en la zona afectada por la incoación así como de los efectos de las licencias ya
concedidas.
Cualquier obra a realizar en la zona afectada por la incoación deberá ser
previamente autorizada por la Comisión Insular de Patrimonio Histórico.
Esta suspensión dependerá de la resolución o caducidad del procedimiento.
III. El acuerdo de declaración deberá adoptarse en el plazo máximo de veinte
meses a contar desde la fecha de iniciación del procedimiento. Caducado el
procedimiento, no se podrá volver a iniciar en los tres años siguientes, salvo que lo
solicite el titular del bien, de conformidad con el artículo 10.6 de la Ley 12/1998, de 21 de
diciembre, del patrimonio histórico de las Islas Baleares.
IV. Notificar esta resolución a los interesados, al Ayuntamiento de Pollença y al
Gobierno de las Islas Baleares.
V. Publicar este acuerdo de incoación en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en
el Boletín Oficial de Estado y anotarlo en el Registro Insular de Bienes de Interés Cultural
de Mallorca y comunicarlo a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para que
proceda a su anotación en el Registro de Bienes de Interés Cultural de las Illes Balears y
a la vez comunique al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Estado las
inscripciones y anotaciones que se realicen.
Todo esto de conformidad con los artículos 7 y siguientes de la Ley 12/1998, de 21
de diciembre, del Patrimonio Histórico de las Illes Balears.»
Palma, 18 de enero de 2024.–La Vicepresidenta Primera y Consejera Ejecutiva de
Cultura y Patrimonio, Antonia Roca Bellinfante.

Se adjunta como anexo el informe técnico de incoación de 13 de noviembre
de 2023
Informe técnico
En fecha 28 de marzo de 2023, con registro general núm. 34022, tuvo entrada en el
Consejo Insular de Mallorca, remitida por María del Rosario Huarte Giménez, Sonsoles
María Josefa Huarte Giménez, Juan Félix Huarte Giménez e Ignacio Huarte Giménez la

cve: BOE-A-2024-1686
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ANEXO I