I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Bachillerato. (BOE-A-2024-1471)
Orden PJC/39/2024, de 24 de enero, por la que se determinan las características, el diseño y el contenido de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la universidad, y las fechas máximas de realización y de resolución de los procedimientos de revisión de las calificaciones obtenidas, en el curso 2023-2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 23

Viernes 26 de enero de 2024

Sec. I. Pág. 9716

Tipo de trabajo
a.

Nunca ha tenido un trabajo remunerado.

b. Ocupaciones elementales: trabajadores/as no cualificados/as en servicios,
peones de la agricultura, pesca, construcción, industrias manufactureras y
transportes. Incluye empleados/as domésticos/as y otro personal de limpieza,
ayudantes de preparación de alimentos, recogedores/as de residuos urbanos,
vendedores/as callejeros/as, etc. Peones agrarios, forestales y de pesca, peones de
la construcción, la minería e industrias manufactureras, peones del transporte,
descargadores/as, reponedores/as, etc.
c. Operadores/as de instalaciones y maquinaria fija o móvil, montadores/as,
conductores/as. Incluye operadores/as de instalaciones y maquinaria fijas,
montadores/as y ensambladores/as en fábricas. Maquinistas de locomotoras,
operadores/as de maquinaria agrícola y de equipos pesados móviles, y marineros/as.
Conductores/as de vehículos para el transporte urbano o por carretera.
d.

Tropa y marinería de las fuerzas armadas.

e. Artesanos/as y trabajadores/as cualificados/as de las industrias manufactureras
y la construcción, excepto operadores/as de instalaciones y maquinaria. Incluye
trabajadores/as en obras estructurales de construcción y afines, trabajadores/as de
acabado de construcciones e instalaciones, pintores/as y afines. Soladores/as,
chapistas,
montadores/as,
herreros/as,
mecánicos/as,
trabajadores/as
especializados/as en electricidad, mecánicos/as de precisión, ceramistas,
vidrieros/as, trabajadores/as de artes gráficas, trabajadores/as de la industria de
alimentación, bebidas y tabaco, trabajadores/as de la madera, textil, confección, piel,
cuero, calzado, etc.
f. Trabajadores/as cualificados/as en el sector agrícola, ganadero, forestal y
pesquero. Incluye actividades agrícolas, ganaderas (incluidas avícolas, apícolas y
similares), actividades agropecuarias mixtas, forestales, pesqueras y cinegéticas.
g. Trabajadores/as de los servicios de protección y seguridad. Incluye guardias
civiles, policías, bomberos/as, personal de seguridad privado, etc.
h. Trabajadores/as de los servicios de salud y el cuidado de personas. Incluye
trabajadores/as de los cuidados a las personas en servicios de salud, y cuidados y
servicios personales (peluqueros/as, especialistas en estética y afines),
trabajadores/as que atienden a viajeros/as, supervisores/as de mantenimiento y
limpieza de edificios, propietarios/as de pequeños alojamientos, etc.
i. Trabajadores/as de los servicios de restauración y comercio. Incluye
camareros/as, cocineros/as, trabajadores/as de los servicios de restauración
asalariados/as o propietarios/as; propietarios/as y dependientes en tiendas y
almacenes, vendedores/as, cajeros/as y taquilleros/as (excepto bancos), etc.
j. Empleados/as contables, administrativos/as y otros/as empleados/as de oficina.
Incluye empleados/as en servicios de apoyo a la producción y el transporte,
empleados/as de agencias de viajes, recepcionistas, telefonistas, empleados/as de
ventanilla, etc.

Madre

Padre









































cve: BOE-A-2024-1471
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ACB07
¿Qué clase de trabajo realizan tu madre y tu padre en sus respectivas ocupaciones principales? Si uno de
los dos no trabaja actualmente, responde en relación al último realizado. (Marca en cada columna la
categoría laboral que mejor describa la actividad de cada uno de ellos. Cada categoría cuenta con una serie
de ejemplos para ayudarle a decidir la correcta. En caso de falta de uno de los dos, marca «No aplicable»).