II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Personal laboral. (BOE-A-2024-1387)
Resolución de 22 de enero de 2024, de la Subsecretaría, por la que se amplían los plazos del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, como personal laboral fijo de los grupos profesionales 1, 2, 3 y 4 del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, convocado por Resolución de 20 de diciembre de 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 22

Jueves 25 de enero de 2024

Sec. II.B. Pág. 9480

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
Resolución de 22 de enero de 2024, de la Subsecretaría, por la que se
amplían los plazos del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general
de acceso libre, como personal laboral fijo de los grupos profesionales 1, 2, 3
y 4 del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, convocado por
Resolución de 20 de diciembre de 2023.

El 27 de diciembre de 2023, se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» la
Resolución del Subsecretario del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con
las Cortes, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, mediante turno libre,
como personal laboral fijo de los grupos profesionales 1, 2, 3 y 4 del Consejo de
Administración del Patrimonio Nacional.
Las bases de convocatoria, aprobadas en virtud de la citada Resolución, establecen
en la Base 1.5: «El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará en el plazo máximo
de tres meses desde la publicación de la convocatoria, debiendo finalizar ésta, con
carácter general, en el plazo máximo de nueve meses desde la publicación de la misma
en el BOE. Desde la total conclusión de una prueba hasta el comienzo de la siguiente el
plazo máximo a transcurrir será de 45 días naturales».
Por otro lado, el Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, por el que se aprueba la
oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2023, en su artículo 3.3 establece
que la convocatoria «salvo causa justificada, no podrá ser superior a nueve meses y
contemplará que la celebración del primer ejercicio de la fase de oposición tenga lugar
en un plazo máximo de tres meses contados a partir de la publicación de la convocatoria
en el "Boletín Oficial del Estado"».
Asimismo, en el artículo 3.5 del citado Real Decreto se establece que: «En todo
caso, desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente,
el plazo máximo a transcurrir será de cuarenta y cinco días naturales, conforme al
artículo 16.j) del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo...».
Igualmente, la Base 4.1 de la convocatoria determina: «Transcurrido el plazo de
presentación de solicitudes, la autoridad convocante dictará resolución, en el plazo
máximo de un mes, declarando aprobadas las listas de personas admitidas y personas
excluidas».
El elevado número de plazas convocadas, con 26 números de orden que implican la
elaboración de ejercicios diferentes e independientes, así como el elevado número de
solicitudes de participación en este proceso selectivo, imposibilita el cumplimiento de los
plazos mencionados anteriormente.
En consecuencia, con lo anterior, de acuerdo con el artículo 23 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, y con el Real Decreto 625/2023, de 11 de julio,
Esta Subsecretaría, en uso de las competencias que le están atribuidas en el
artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
resuelve:
Primero.
Ampliar un mes el plazo previsto en la Base 4.1 de la convocatoria para declarar
aprobada la lista de admitidos y excluidos del proceso selectivo.

cve: BOE-A-2024-1387
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