III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-1435)
Resolución de 19 de enero de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional, O.A., y la Universidad de Alcalá de Henares, para la adscripción del centro universitario a la universidad.
10 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 22

Jueves 25 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 9564

normativa universitaria, tanto en la formación permanente de los funcionarios y su
promoción profesional como en temas de investigación.
A la vista de la trayectoria descrita, la suscripción del presente convenio supone,
para la UAH, no solo la continuidad en la fructífera colaboración con la Policía Nacional,
que ya se remonta a varias décadas, sino también la inequívoca expresión del inicio de
una nueva etapa que, sin duda, potenciará la colaboración mencionada.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir este convenio, que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

El presente convenio tiene por objeto acordar las condiciones de adscripción del
Centro Universitario a la UAH, así como las enseñanzas universitarias oficiales y propias
y, en su caso y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13.1 del Real
Decreto 640/2021, de 27 de julio, el desarrollo de actividades de investigación y
transferencia del conocimiento que podrá impartir el Centro Universitario como centro
universitario adscrito.
Segunda.
O.A.

Compromisos del Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional,

El Centro Universitario se obliga a:
a) Proporcionar los presupuestos anuales, medios materiales e instalaciones
necesarios para garantizar el funcionamiento del Centro Universitario y el cumplimiento
de sus objetivos. En concreto, velará por la disposición de instalaciones adecuadas para
la realización de las prácticas por parte de los estudiantes.
b) Encargarse de la gestión administrativa de la matrícula del alumnado, a través
de los sistemas de inscripción previstos y con conocimiento de la UAH.
c) Encargarse de la selección de los estudiantes que, según los planes de acción
aprobados por el Consejo Rector, cursen las enseñanzas universitarias previstas en la
cláusula primera.
d) Poner de manifiesto su condición de centro adscrito de la UAH y utilizar la
imagen corporativa de la universidad en el desarrollo de las actividades objeto del
convenio.
Tercera.

Compromisos de la Universidad de Alcalá de Henares.

a) Encargarse de la gestión administrativa de los expedientes académicos del
alumnado, si bien el Centro Universitario dispondrá de toda la información al respecto.
b) Reconocer los mismos efectos a los estudios impartidos por el Centro
Universitario dentro del marco del presente convenio que a los impartidos por sus
centros propios.
c) Expedir, en nombre del Rey, los títulos universitarios oficiales correspondientes a
las enseñanzas impartidas por el Centro Universitario en el marco del presente convenio.
d) Poner a disposición del Centro Universitario la infraestructura y los medios
técnicos, materiales y humanos necesarios para el buen funcionamiento de las
enseñanzas previstas en la cláusula primera.
e) Garantizar igualdad de condiciones para el acceso a los cursos de formación que
organice la UAH tanto para el personal propio como para el del Centro Universitario.
f) Proporcionar al Centro Universitario apoyo en la actividad docente, investigadora
y administrativa que se deriven de proyectos de colaboración mutua.

cve: BOE-A-2024-1435
Verificable en https://www.boe.es

La UAH se obliga a: