III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2024-1457)
Resolución de 16 de enero de 2024, de la Dirección General de la Administración General del Estado en el Territorio, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Universidad de Santiago de Compostela, para la realización de prácticas externas en la Delegación del Gobierno en Galicia y en las Subdelegaciones del Gobierno.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 22

Jueves 25 de enero de 2024

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servicios territoriales de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno y Direcciones
Insulares, en gestión patrimonial y demás materias.
Y de otra parte, don Antonio López Díaz, Rector de la Universidad de Santiago de
Compostela, con CIF Q1518001A, que actúa en nombre y representación de ella en
virtud del Decreto 35/2022, de 17 de marzo, publicado en el «Diario Oficial de Galicia»
n.º 56, del 22 de marzo de 2022, de su nombramiento, y por las facultades conferidas por
la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 85 de
Decreto 14/2014, de 30 de enero, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad
de Santiago de Compostela.
Ambas partes se reconocen capacidad legal suficiente para suscribir el presente
convenio y en su virtud,
EXPONEN
Que con fecha 18 de mayo de 2022 fue suscrito un convenio entre la Administración
General del Estado (Ministerio de Política Territorial) y la Universidad de Santiago de
Compostela, al amparo de lo establecido en el Capítulo VI del Título Preliminar de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre. Dicho convenio se suscribió para la realización de
prácticas académicas externas, curriculares o extracurriculares, en la Delegación del
Gobierno en Galicia y en las Subdelegaciones del Gobierno en A Coruña (estas dos
anteriores conjuntamente), Lugo, Ourense y Pontevedra por parte de los estudiantes que
cursen estudios oficiales de Grado/Máster en dicha Universidad, que permitan completar
sus estudios universitarios, para una futura incorporación al mundo laboral.
Considerando que el citado convenio inició sus efectos con su inscripción en
fecha 19 de mayo de 2022 en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos
de Cooperación del sector público estatal (REOICO), siendo su fecha de publicación en
el «Boletín Oficial del Estado» el 1 de junio de 2022 y que de acuerdo con su Cláusula
Decimoquinta se suscribió con una duración inicial de cuatro años, a la fecha de firma
del presente documento de Adenda el convenio se encuentra plenamente vigente y
desplegando sus efectos.
En consecuencia, ambas partes acuerdan:
Primero.
La letra e) de la cláusula séptima incorpora esta nueva redacción:
«e) Cumplir con todas las obligaciones en materia de Seguridad Social que la
normativa vigente establece respecto de los estudiantes participantes en las
prácticas.»

El párrafo tercero de la cláusula octava incorpora esta nueva redacción:
«Resultarán de aplicación a los estudiantes en prácticas las obligaciones en
materia de Seguridad Social que deriven de la Disposición Adicional
quincuagésima segunda del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad
Social, pactándose expresamente que el cumplimiento de todas las obligaciones
en materia de Seguridad Social respecto de los estudiantes en prácticas
corresponden a la Universidad –y no a la Administración General del Estado–.»
Tercero.
La cláusula novena queda redactada de la siguiente forma:
«Novena. Seguro. Cobertura de riesgos El estudiante que participe en el
programa de prácticas en la Delegación/Subdelegación del Gobierno estará
cubierto por el seguro escolar o, en su defecto, por un seguro de accidentes para

cve: BOE-A-2024-1457
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Segundo.