III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-1354)
Resolución de 16 de enero de 2024, del Instituto de Estudios Fiscales, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio de cooperación educativa con la Universidad Complutense de Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 21

Miércoles 24 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 9189

modificó el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el
Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, añadiendo una nueva disposición
adicional quincuagésima segunda sobre la inclusión en el sistema de Seguridad Social
de alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas
en programas de formación.
Tercero.
El apartado 4.b) de dicha disposición adicional establece que en el caso de las
prácticas formativas no remuneradas, el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad
Social corresponderá a la empresa, institución o entidad en la que se desarrollen dichas
prácticas, salvo que en el convenio o acuerdo de cooperación que, en su caso, se
suscriba para su realización se disponga que tales obligaciones corresponderán al centro
de formación responsable de la oferta formativa.
Cuarto.
Esta medida entrará en vigor el próximo 1 de enero de 2024, conforme a lo
establecido en el artículo 212 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se
adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias
económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla
de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la
Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y
conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores;
y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea.
Quinto.
La cláusula segunda. F - Régimen jurídico laboral, del Convenio formalizado el 5 de
mayo de 2022, dispone en su segundo párrafo que «En relación con las obligaciones
previstas en la disposición adicional quinta del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de
diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en
materia social, laboral y de empleo, dado que todavía no se ha producido el desarrollo
reglamentario para su efectiva aplicación, ambas partes se comprometen a firmar una
adenda en la que se contemplen las obligaciones que asumirían para dar cumplimiento a
la normativa de desarrollo del citado Real Decreto-ley.»
De acuerdo a lo expuesto, ambas partes se reconocen mutua capacidad en la
representación que ostentan, y acuerdan suscribir esta Adenda de modificación del
convenio, conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

«En relación con lo dispuesto en el apartado 4.b de la disposición adicional
quincuagésima segunda «Inclusión en el sistema de Seguridad Social de alumnos
que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en
programas de formación», del texto refundido de la Ley General de la Seguridad
Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, el
cumplimiento de las obligaciones a la Seguridad Social corresponderá a la
Universidad Complutense de Madrid. El Instituto de Estudios Fiscales se
compromete a comunicar a la Universidad cualquier incidencia que pueda

cve: BOE-A-2024-1354
Verificable en https://www.boe.es

Se modifica el párrafo segundo de la cláusula segunda. F - Régimen jurídico laboral,
del Convenio formalizado el 5 de mayo de 2022 entre la Universidad Complutense de
Madrid y el Instituto de Estudios Fiscales, que queda redactada como sigue: