III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-1361)
Resolución de 16 de enero de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Abandono definitivo (P&A) de pozos submarinos (Activo Poseidón), Huelva".
32 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 24 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 9237

novaeangliae) y zifio de Cuvier (Ziphius cavirostris). Todas las especies de cetáceos
están incluidas en el LESRPE; además, el rorcual común, el rorcual aliblanco, la yubarta,
la orca, el cachalote, el delfín mular, y el zifio de Cuvier están catalogadas como
«vulnerable» en el CEEA, y la marsopa como «en peligro de extinción».
El EsIA identifica como principales efectos significativos sobre estos grupos los
trastornos temporales y/o permanentes producidos por el ruido submarino generado y la
modificación del comportamiento y posibles daños por colisiones con las unidades de
intervención y las embarcaciones de apoyo.
En relación con la presencia física y desplazamientos de las embarcaciones, atribuye
el mayor riesgo de colisión a las embarcaciones de apoyo de la MODU y sus
desplazamientos durante la 2.ª campaña, cuya frecuencia estimada es de 2
viajes/semana (38 viajes estimados en total). En todo caso, el promotor establece como
medida preventiva la limitación de velocidad a 14 nudos, dado que, según bibliografía,
las lesiones sobre cetáceos por colisión son infrecuentes cuando las embarcaciones se
mueven por debajo de esa velocidad, por lo que no se prevé ningún efecto destacable
más allá de algunas reacciones de evitación. Además, se contempla la optimización de
las operaciones logísticas con el fin de reducir el número de viajes necesarios, y el
seguimiento de mamíferos marinos y otra fauna marina de acuerdo con el «Protocolo de
observación y actuación en caso de avistamientos de mamíferos marinos y otra fauna
marina».
La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO establece
como condición adicional a la navegación, el cumplimiento del Real Decreto 1727/2007,
de 21 de diciembre, por el que se establecen medidas de protección de los cetáceos,
habiendo sido incluida por el promotor en la versión definitiva del Protocolo de
observación y actuación.
Respecto al ruido, el EsIA indica que durante la mayor parte del programa de
abandono (98 % del tiempo total), el ruido producido por las unidades de intervención y
embarcaciones de apoyo será similar al producido por cualquier embarcación estándar,
pudiendo provocar reacciones de evitación o molestias sobre la fauna marina, impactos
considerados como no significativos.
El mayor impacto acústico del proyecto estará asociado a las actividades que
requieren explosivos durante la primera y segunda campaña, y a la retirada de las
cabezas de pozo, que únicamente ocurrirá en la última campaña, mediante corte
abrasivo o uso contingente de explosivos. Durante la retirada de las cabezas de pozo se
pueden alcanzar diferentes niveles de presión sonora en función de la técnica que se
utilice: 189 dB (rms) re1μPa a 1 m (banda ancha) en caso de realizar corte abrasivo
(fuente continua y con una duración de unas 12 h); y 232 dB (0-peak) re1μPa (medido a
una distancia de 300 m de la fuente y a una profundidad de 90 m, a bajas frecuencias)
en el caso de utilización de explosivos (fuente impulsiva e instantánea, una única carga
de 45 kg a escasos metros por debajo del lecho marino). El uso de explosivos tiene
carácter contingente, ante la imposibilidad de realizar el corte por medios abrasivos y/o
mecánicos.
El resto de actividades del proyecto que requieren el uso de explosivos
previsiblemente generarán menores niveles de presión sonora, al efectuar las
detonaciones con cargas menores y/o a mayores profundidades (en el interior del pozo):
perforación de la tubería de producción (2,5 kg por pozo, a una profundidad estimada
de 840 m de profundidad vertical total (TVD, por sus siglas en inglés); técnica PWC
(contingente, únicamente en caso de que el pozo requiera reparación del espacio anular:
130 kg a 720 m TVD); y punción del revestimiento de producción (contingente,
únicamente si se estima necesario para verificar la existencia de presión anular: 4 kg
a 50 m bajo el lecho). Por ello, el EsIA adjunta un «Estudio de impacto acústico
submarino del proyecto abandono definitivo (P&A) de pozos submarinos del Activo
Poseidón (Huelva)» (Instituto Universitario de Investigación Marina-Universidad de
Cádiz, 2023), que incluye la modelización acústica del ruido generado mediante el
software dBSea para los escenarios de retirada de la cabeza del pozo PSN-1 mediante

cve: BOE-A-2024-1361
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 21