V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. (BOE-B-2024-2325)
Anuncio de la Autoridad Portuaria de Motril por la que se somete a información pública el Plan de Recepción y Manipulación de Desechos de Buque del puerto de Motril, elaborado conforme a los requisitos que se desarrollan en el Real Decreto 128/2022, de 15 de febrero, sobre instalaciones portuarias receptoras de desechos de buques.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 21

Miércoles 24 de enero de 2024

Sec. V-B. Pág. 3502

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE

2325

Anuncio de la Autoridad Portuaria de Motril por la que se somete a
información pública el Plan de Recepción y Manipulación de Desechos
de Buque del puerto de Motril, elaborado conforme a los requisitos que
se desarrollan en el Real Decreto 128/2022, de 15 de febrero, sobre
instalaciones portuarias receptoras de desechos de buques.

La Autoridad Portuaria de Motril tramita un procedimiento administrativo para la
aprobación de la actualización del Plan de Recepción y manipulación de Desechos
de Buques (PRMD) del puerto de Motril, de conformidad con lo establecido en el
Real Decreto 128/2022, de 15 de febrero, sobre instalaciones portuarias receptoras
de desechos de buques, y en el marco del Texto Refundido de la Ley de Puertos y
de la Marina Mercante (TRLPEMM), aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/
2011, de 5 de septiembre. De igual forma, se han tenido en cuenta los convenios
internacionales refrendados por el estado Español, como el Convenio MARPOL, y
sus posteriores enmiendas.
De conformidad con lo establecido en artículo 11 del R.D. 128/2022, se publica
el presente anuncio para que, en el plazo de 20 días hábiles, a partir del siguiente
al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, las Corporaciones, Entidades
y particulares que se crean afectados por tal PRMD, puedan examinarlo en el
Tablón de anuncios de la Sede electrónica de la Autoridad Portuaria de Motril
(https://puertomotril.sedelectronica.es/info.0) y presentar cuantas alegaciones
estimen pertinentes, relativas a dicho Plan. La resolución de acuerdo, al constituir
un simple acto de trámite, no es susceptible de recurso alguno, de conformidad
con el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Motril, 15 de enero de 2024.- El Director, Francisco José González-Méndez
Herrera.

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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X