V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. (BOE-B-2024-2277)
Resolución de la Delegación Territorial en Sevilla de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas, por el que se concede a favor de la mercantil Accitana Solar S.L. con CIF B-93671832 y Tyche Solar, s.l., con CIF B-93515591, modificación de autorización administrativa previa y de construcción para la implantación de la instalación de evacuación de las instalaciones de generación de energía eléctrica mediante tecnología solar fotovoltaica denominadas "Gerena Chamorro y Gerena II", en los términos mu-nicipales de Guillena y Salteras (Sevilla), y declaración en concreto de utilidad pública para la infraestructura eléctrica de evacuación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 20

Martes 23 de enero de 2024

Sec. V-B. Pág. 3402

• Origen: Apoyo 1
• Final: Apoyo 4
• Longitud: 0,89 kilómetros
Línea subterránea:
Tramo 1:
• Origen: Centro de seccionamiento
• Final: Apoyo conversión 1
• Longitud: 20 metros
Tramo 2:
• Origen: Apoyo conversión 4
• Final: Nueva subestación "SET GERENAS"
• Longitud: 3,18 kilometros
Términos municipales afectados: Guillena y Salteras
Subestación eléctrica denominada "Matahijas " de 30/220 KV se elimina y se
sustituye por un Centro de seccionamiento de 30KV con 4 entradas de línea 2 de
salida de línea y 1 de servicios auxiliares. Dispone de un transformador de
servicios auxilialres de 50 kVA
Proyecto técnico: Anexo al proyecto de evacuación de los parques solares
fotovoltaicas "Gerena II" y "Gerena Chamorro" visado n.º EGR2000612 de fecha
12/02/2023 COIIAOR
SEGUNDO.- Esta Autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en la
normativa general de aplicación derivada de la Ley 24/2013, y en particular según
se establece en el R.D. 1955/2000, así como en el R.D. 413/2014, debiendo
cumplir las condiciones que en los mismos se establecen, teniendo en cuenta lo
siguiente antes de proceder a la puesta en servicio de la instalación:

· Esta autorización solo tendrá validez en el ejercicio de las competencias
atribuidas a esta Delegación. Así mismo, podrá quedar sin efecto en el caso de
que las autorizaciones o derechos (de acceso y conexión) que han sido
preceptivas para concederla caduquen o bien queden igualmente sin efecto.
· El período de tiempo en el cual está prevista la ejecución de la instalación, y
su correspondiente puesta en servicio, deberá ajustarse a los plazos establecidos

cve: BOE-B-2024-2277
Verificable en https://www.boe.es

· Esta autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y
autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio, y a
cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables, así como
sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la
ejecución de la obra. En particular debe entenderse sin perjuicio de la necesidad
de satisfacer la legislación urbanística, no debiendo considerarse intrínseco al
presente documento los distintos permisos, licencias o autorizaciones que en este
ámbito sean exigibles por su propia normativa.