III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2024-1283)
Resolución de 29 de diciembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo, de 29 de diciembre de 2023, por el que se fijan los criterios de distribución, así como el reparto resultante para las comunidades y ciudades autónomas, del crédito destinado a la línea de financiación para proyectos del Plan de Competencias Digitales en Turismo, por un importe total de 54 millones de euros, en el marco del Componente 19, Inversión 3 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 20

Martes 23 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 8884

personas ligadas al sector turístico, para lo que se prevé una inversión
de 54 000 000 euros.
Por medio del presente acuerdo, y sobre la base de los criterios de reparto
contenidos en el mismo, se determinan los importes correspondientes a cada comunidad
y ciudad autónoma, a transferir con cargo al presupuesto de 2023 para esta inversión (54
millones de euros).
Por todo lo anterior, y de acuerdo con los artículos 4 y 9 del Reglamento de
Organización y Funcionamiento Interno de la Conferencia Sectorial de Turismo, el Pleno
de dicha Conferencia Sectorial
ACUERDA
Primera. Objetivo.
El Plan para la Formación en Competencias Digitales del Sector Turístico y los
programas que lo implantarán contribuye a la consecución de los objetivos de la Decisión
de Ejecución del Consejo (CID), relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia de España.
La inversión forma parte de la Medida 3 del Componente 19, cuyo objetivo es
reforzar las competencias digitales de los trabajadores, apoyando la digitalización de las
PYME mediante acciones dirigidas a sectores específicos de la economía y la formación
de personas que puedan actuar como catalizadores del cambio. Uno de esos sectores
específicos es el sector turístico, que es el objeto de este acuerdo.
En concreto, esta actuación contribuye a cumplir el Objetivo CID 292, competencias
digitales para el empleo que establece que, al menos 300 000 personas hayan
participado en cursos sobre competencias digitales. Cada curso tendrá una duración
mínima de 150 horas (anexo I).
El objetivo específico CID 292-C.19.I3.P11 determina que 19 350 personas hayan
participado en cursos de 150 horas sobre competencias digitales aplicadas al sector
turístico antes de finalizar el segundo trimestre de 2026 [Dec. no 13695/23 ADD 1
REV 1, por la que se modifica la Decisión de Ejecución del Consejo (UE), de 13 de julio
de 2021, relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia
de España].
Para su cumplimiento cada comunidad autónoma elaborará un Programa de
Formación en Competencias Digitales para el Turismo y será la coordinadora de la
ejecución y justificación.

El importe total destinado a financiar el Plan de Formación en Competencias
Digitales para el Turismo es de 54.000.000,00 euros, con cargo a los créditos del
servicio 50 «Mecanismo de Recuperación y Resiliencia», con cargo al presupuesto del
Ministerio de Industria y Turismo mediante las correspondientes transferencias de la
Secretaría de Estado de Turismo a las Comunidades Autónomas. En concreto, el
Programa se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria: 20.50.46SC.753.04
(«Plan de Competencias Digitales para el sector turístico»).
Criterios objetivos de asignación utilizados: en aplicación de lo dispuesto en el
artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, los criterios objetivos que sirven de
base para la distribución territorial de los créditos presupuestarios son los siguientes:
La propuesta de territorialización de estas ayudas considera, como criterio para su
distribución la cifra de empleo turístico en cada CCAA y propone un indicador que mide
el promedio de los tres meses de mayor afiliación a la seguridad social de cada
comunidad autónoma (Fuente: Turespaña basado en datos de afiliación de la Seguridad
Social-MISSM, ver anexo IV).

cve: BOE-A-2024-1283
Verificable en https://www.boe.es

Segunda. Financiación y criterios de asignación.